viernes, 27 de enero de 2012

CULTURA LIBRE CAPÍTULO DIEZ: "Propiedad" (PARTE 1)





JACK VALENTI HA sido presidente de la Asociación del Cine de los EE.UU. (MPAA

en inglés) desde 1966. Llegó por primera vez a Washington con la administración

de Lyndon Johnson--literalmente. La famosa fotografía de la jura del cargo por

parte de Johnson en el Air Force One después del asesinato del presidente

Kennedy tenía a Valenti en el fondo. En los casi cuarenta años de dirección de la

MPAA, Valenti se ha establecido como quizá el jefe más prominente y efectivo de

cualquier lobby, o grupo de presión en Washington.

La MPAA es la rama estadounidense de la internacional Asociación del

Cine. Fue creada en 1922 como una asociación de comercio cuyo objetivo era

defender las películas estadounidenses de las crecientes críticas dentro del país.

La organización representa ahora no sólo a cineastas sino también a productores

y distribuidores de entretenimiento vía televisión, video y cable. Su consejo



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directivo está compuesto de los consejeros delegados y los presidentes de las

siete productoras y distribuidoras de cine y programas de televisión más

importantes de los EE.UU.: Walt Disney, Sony, MGM, Paramount, Fox, Universal,

y Warner Brothers.

Valenti es sólo el tercer presidente de la MPAA. Ningún presidente antes

de él ha tenido tanta influencia sobre esa organización, o sobre Washington.

Como tejano que es, Valenti se ha convertido en un maestro de la habilidad

individual más importante para alguien del Sur--la habilidad para parecer sencillo

y no muy listo, mientras que esconde una inteligencia de una agilidad

extraordinaria. Hasta hoy día Valenti se presenta como este hombre sencillo y

humilde. Pero este autor de cuatro libros, que tiene un Master de Harvard en

administración de empresas, que terminó la escuela secundaria a los quince y

pilotó más de cincuenta misiones de combate en la Segunda Guerra Mundial, no

es un cualquiera. Cuando Valenti fue a Washington, se hizo el dueño de la

ciudad de una manera quintaesencialmente típica de Washington.

A la hora de defender la libertad artística y la libertad de expresión de la

que depende nuestra cultura, la MPAA ha hecho mucho bien. Al crear el sistema

de calificación para películas probablemente evitó una enorme cantidad de daños

debidos a la regulación de la libertad de expresión. Pero hay un aspecto de la

misión de la organización que es tanto el más radical como el más importante.

Se trata del esfuerzo, resumido en cada uno de los actos de Valenti, para

redefinir el significado de "propiedad creativa".

En 1982, el testimonio de Valenti ante el Congreso sintetizó esta

estrategia perfectamente:

No importan ni los largos argumentos ni los ataques ni las defensas, no

importan ni los tumultos ni los gritos, los hombres y las mujeres

razonables seguirán volviendo a la cuestión fundamental, el tema central

que anima todo este debate: Los dueños de la propiedad creativa deben

recibir los mismos derechos y protecciones que los demás dueños de una



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propiedad tienen en este país. Ése es el asunto. Ésa es la cuestión. Y ése

es el punto en el que tienen que terminar toda esta vista y los debates

que la sigan.

La estrategia de esta retórica, como la estrategia de la mayoría de la

retórica de Valenti, es brillante y sencilla y brillante porque es sencilla. El "tema

central" al cual volverán "los hombres y mujeres razonables" es éste: "Los

dueños de la propiedad creativa deben recibir los mismos derechos y

protecciones que los demás dueños de una propiedad tienen en este país". No

hay ciudadanos de segunda clase, podría haber seguido Valenti. No debería

haber propietarios de segunda clase.

Esta afirmación tiene un evidente atractivo de una forma

convincentemente intuitiva. Está hecha con tanta claridad como para hacer que

la idea sea tan obvia como la noción de que usamos las elecciones para escoger

a los presidentes. Pero, de hecho, no hay una afirmación más extrema hecha por

nadie que aborde con seriedad este debate que la de Valenti. Jack Valenti, por

muy dulce y brillante que sea, es quizás el mayor extremista en este país cuando

se trata de hablar de la naturaleza y los límites de la "propiedad creativa". Sus

opiniones no tienen ninguna conexión razonable con nuestra verdadera tradición

legal, incluso si el atractivo sutil de su encanto tejano ha ido redefiniendo

lentamente esa tradición, al menos en Washington.

Mientras que la "propiedad creativa" es ciertamente "propiedad" en el

sentido escolástico y preciso en el que se educa a los abogados para entender

estas cuestiones2, nunca se ha dado el caso, y nunca debería darse, de que "los

dueños de la propiedad creativa" hayan "recibido los mismos derechos y

protecciones que los demás dueños de una propiedad". De hecho, si los dueños

de la propiedad creativa recibieran los mismos derechos que los demás dueños

de una propiedad, eso supondría un cambio radical, y radicalmente indeseable,

en nuestra tradición.



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Valenti sabe todo esto. Pero él es portavoz de una industria a la que no le

importan absolutamente nada nuestra tradición y los valores que representa. Es

portavoz de una industria que, por contra, lucha para restaurar la tradición con

la que los ingleses terminaron en 1710. En el mundo que crearían los cambios de

Valenti, unos pocos poderosos ejercerían un poderoso control sobre la forma en

la que se desarrollaría nuestra cultura creativa.

Tengo dos objetivos en este capítulo. El primero es convencerte de que,

históricamente, la afirmación de Valenti está completamente equivocada. El

segundo es convencerte de que sería algo terriblemente equivocado rechazar

nuestra historia. Siempre hemos tratado los derechos en el campo de la

propiedad creativa de una manera diferente a los derechos otorgados a los

dueños de cualquier otra propiedad. Nunca han sido iguales. Y nunca deberían

ser iguales, porque, por mucho que parezca ir contra nuestra intuición, hacer

que fueran iguales debilitaría fundamentalmente la oportunidad de los nuevos

creadores para crear. La creatividad depende de que los dueños de la creatividad

no lleguen a tener un control perfecto.

Las organizaciones como la MPAA, cuyo consejo de dirección incluye a los

miembros más poderosos de la vieja guardia, tienen poco interés, a pesar de su

retórica, en asegurar que lo nuevo reemplace a lo viejo. Ninguna organización lo

tiene. (Pregúntame sobre la conveniencia de que sean fijas las plazas de los

catedráticos). Pero lo que es bueno para la MPAA no es necesariamente bueno

para los EE.UU. Una sociedad que defiende los ideales de la cultura libre debe

preservar precisamente la oportunidad de que la nueva creatividad amenace a la

vieja.

Para hacerse simplemente una ligera idea de que hay algo

fundamentalmente equivocado en el argumento de Valenti, no tenemos más que

echarle un vistazo a la propia Constitución de los Estados Unidos.

Los padres de nuestra Constitución amaban la "propiedad". De hecho, la

amaban con tanta intensidad que insertaron en nuestra Constitución un

importante requisito. Si el gobierno te quita tu propiedad--si declara ruinosa tu



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casa o adquiere una parte de las tierras de tu granja--se exige, según la Cláusula

de Expropiaciones de la Quinta Enmienda, que te pague una "compensación

justa" por esa expropiación. La Constitución garantiza así que la propiedad es, en

cierto sentido, sagrada. Nunca jamás se le puede arrebatar nada al propietario a

menos que el gobierno pague por ese privilegio.

Sin embargo, la misma Constitución habla de manera muy diferente sobre

lo que Valenti llama "propiedad creativa". En la cláusula que concede al

Congreso el poder para crear "propiedad creativa", la Constitución exige que,

después de un "tiempo limitado", el Congreso recobre el derecho que ha

concedido y que libere la "propiedad creativa" incorporándola al dominio público.

Sin embargo, cuando el Congreso hace esto, cuando la expiración del plazo del

copyright te "arrebata" el copyright y se lo entrega al dominio público, el

Congreso no tiene ninguna obligación de pagar una "compensación justa" por

esta "expropiación". Por contra, la misma Constitución que exige

compensaciones por tus tierras exige que pierdas tus derechos a la "propiedad

creativa" sin ninguna compensación en absoluto.

Así, la Constitución directamente declara que hay dos formas de

propiedad a las que no se les van a conceder los mismos derechos. Se las va a

tratar simplemente de forma distinta. Valenti, por tanto, no está solamente

pidiendo un cambio en nuestra tradición cuando defiende que los dueños de la

propiedad creativa deberían recibir los mismos derechos que los de cualquier

otra propiedad. Lo que está efectivamente defendiendo es un cambio en nuestra

misma Constitución.

Defender un cambio en nuestra Constitución no es necesariamente un

error. Hay muchas cosas en nuestra Constitución original que estaban

simplemente equivocadas. La constitución de 1789 fortalecía la esclavitud; hacía

que los senadores fueran nombrados en vez de elegidos; permitía que el colegio

electoral produjera un empate entre el presidente y su propio vicepresidente

(como ocurrió en 1800). Sin duda sus autores eran extraordinarios, pero seré el

primero en admitir que cometieron algunos errores. Desde entonces hemos



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rechazado algunos de esos errores; sin duda podría haber otros que deberíamos

rechazar también. Así que mi argumento no es simplemente que como lo hizo

Jefferson, nosotros también deberíamos hacerlo.

Por contra, mi argumento es que como lo hizo Jefferson, deberíamos al

menos intentar comprender por qué lo hizo. ¿Por qué los padres de la

Constitución, siendo como eran fanáticos de la propiedad, rechazaron la idea de

que la propiedad creativa había de recibir los mismos derechos que todas las

otras formas de propiedad? ¿Por qué exigieron que hubiera un dominio público

para la propiedad creativa?

Para responder a esta pregunta, tenemos que adquirir cierta perspectiva

sobre la historia de los derechos de esa "propiedad creativa", y el control que

permitían. Una vez que veamos con claridad de qué forma tan diferente se

definían esos derechos, estaremos mejor preparados para hacer la pregunta que

debería estar en el centro de esta guerra: No si la propiedad creativa debería

estar protegida, sino cómo. No si deberíamos hacer cumplir los derechos que la

ley concede a los dueños de propiedad creativa, sino cuál debería ser la mezcla

específica de derechos. No si habría que pagar a los artistas, sino si las

instituciones diseñadas para asegurar que se pague a los artistas deberían

también controlar la forma en la que la cultura se desarrolla.

Para responder a estas preguntas, necesitamos una forma más general de

hablar sobre cómo se protege la propiedad. De un modo más preciso,

necesitamos una forma que sea más general que el lenguaje estrecho que las

leyes permiten. En Código y otras leyes del ciberespacio, usé un modelo sencillo

para capturar esta perspectiva más general. Para cualquier derecho o regulación

particular, este modelo se pregunta cómo interactúan cuatro modalidades

diferentes de regulación para apoyar o socavar ese mismo derecho o regulación.







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En el centro de este diagrama hay un punto regulado: el individuo o el

grupo que es el objetivo de la regulación o el poseedor de un derecho. (En cada

uno de estos casos podemos describir esto como regulación tanto como un

derecho. Para simplificar las cosas hablaré sólo de regulaciones). Los óvalos

representan cuatro maneras en las que el individuo o el grupo pueden ser

regulados--bien con restricciones, bien con derechos. Las leyes son las

restricciones más evidentes (al menos para los abogados). Restringen al

amenazar con castigos si se violan una series de reglas que han determinado

previamente. De manera que, si por ejemplo violas voluntariamente el copyright

de Madonna copiando una canción de su último CD y publicándola en la Red, te

pueden castigar con una multa de 150.000 dólares. La multa es un castigo

posterior por violar una regla anterior. La impone el estado.

Las normas son un tipo diferente de restricción. También castigan a un

individuo por violar una regla. Pero el castigo de una norma es impuesto por una

comunidad, no (o no solamente) por el estado. Puede que no haya ninguna ley

contra escupir, pero eso no quiere decir que no te castigarán si escupes en el

suelo mientras haces cola para ver una película. Puede que el castigo no sea

severo, aunque dependiendo de la comunidad fácilmente puede ser más severo

que muchos de los castigos impuestos por el estado. La marca de la diferencia

no es la severidad del castigo, sino su fuente.

El mercado es el tercer tipo de restricción. Sus restricciones se efectúan

mediante condiciones: puedes hacer X si pagas a Y; te pagarán M si haces N.

Evidentemente estas restricciones no son independientes de las leyes o las



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normas--es la ley de la propiedad lo que define qué debe comprarse si es que se

quiere tomar legalmente; son las normas las que dicen qué puede venderse de

un modo apropiado. Pero dada una serie de normas, y un marco general de

leyes contractuales y de la propiedad, es el mercado lo que impone una

restricción simultánea sobre cómo puede comportarse un individuo o un grupo.

Finalmente, y quizás por el momento de modo más misterioso, la

"arquitectura"--el mundo físico tal y como nos lo encontramos--es una restricción

al comportamiento. Un puente derrumbado puede restringir tu capacidad para

cruzar un río. Unas vías de tren pueden restringir la capacidad de una comunidad

para tener una vida social integrada. Como con el mercado, la arquitectura no

impone sus restricciones por medio de castigos posteriores. Por contra, igual que

con el mercado, la arquitectura las impone por medio de condiciones

simultáneas. Estas condiciones no se imponen por medio de tribunales que

hacen cumplir contratos o por la policía castigando el robo, sino por la

naturaleza, por la "arquitectura". Si un peñasco caído de 300 kilos te bloquea el

paso, es la ley de la gravedad la que impone esta restricción. Si un billete de

avión que cuesta quinientos dólares es lo que te separa de volar a Nueva York,

es el mercado el que impone esta restricción.

Así que el primer punto sobre estas cuatro modalidades de regulación es

obvio: interactúan entre sí. Las restricciones impuestas por una pueden verse

reforzadas por otra. O las restricciones impuestas por una pueden verse

socavadas por otra.

El segundo punto se deriva directamente de esto: si queremos

comprender la libertad efectiva que alguien tiene en un momento dado para

hacer una cosa en particular, tenemos que considerar cómo interactúan estas

cuatro modalidades. Haya o no otras restricciones (puede que las haya; no

pretendo ser exhaustivo), estas cuatro están entre las más significativas, y

cualquier regulador (ya esté controlando o liberando) debe considerar cómo

interactúan estas cuatro en particular.



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Así que, por ejemplo, considera la "libertad" de conducir un coche a alta

velocidad. Esa velocidad está restringida en parte por las leyes: límites de

velocidad que dicen cuán rápido puedes conducir en determinados lugares a

determinadas horas. Está restringida en parte por la arquitectura: los badenes,

por ejemplo, hacen que la mayoría de los conductores racionales desaceleren;

los reguladores en un camión, en otro ejemplo, marcan la velocidad máxima a la

que puede ir el conductor. La velocidad está restringida en parte por el mercado:

la eficiencia en el consumo de gasolina cae conforme aumenta la velocidad, así

que el precio de la gasolina limita indirectamente la velocidad. Y, finalmente, las

normas de una comunidad pueden o no restringir la libertad para pisar el

acelerador. Pasa a 90 Km/h por la escuela de tu propio barrio y es probable que

los vecinos te castiguen. La misma norma no sería tan efectiva en una ciudad

diferente, o por la noche.

El punto final sobre este sencillo modelo debería estar también bastante

claro: mientras que estas cuatro modalidades son analíticamente independientes,

la leyes tienen un papel especial en tanto que afectan a las otras tres3. Las leyes,

en otras palabras, a veces operan para aumentar o disminuir las restricciones de

una modalidad determinada. De esta manera, las leyes pueden usarse para subir

los impuestos de la gasolina, para así incrementar los incentivos para conducir

despacio. Las leyes pueden usarse para exigir más badenes, para así

incrementar la dificultad de conducir rápido. Las leyes pueden usarse para

financiar anuncios que estigmaticen la conducción temeraria. O las leyes pueden

usarse para exigir que sean más estrictas--requisitos federales de que los

estados bajen los límites de velocidad, por ejemplo--para así disminuir los

atractivos de conducir rápido.





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Estas restricciones pueden cambiar, por tanto, y pueden cambiarse. Para

comprender la protección efectiva de la libertad o la protección efectiva de la

propiedad en un momento determinado, debemos rastrear estos cambios en el

tiempo. Una restricción impuesta en una modalidad puede ser borrada por otra.

Una libertad hecha posible por una modalidad puede ser eliminada por otra4.



Por qué Hollywood tiene razón

La idea más evidente que este modelo revela es precisamente por qué, o

precisamente cómo, Hollywood tiene razón. Los guerreros del copyright han

recurrido al Congreso y los tribunales para defender el copyright. Este modelo

nos ayuda a ver por qué recurrir a estas instancias tiene sentido.

Digamos que éste es el panorama de la regulación del copyright antes de Internet:





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Hay un equilibrio entre las leyes, las normas, el mercado y la arquitectura.

Las leyes limitan la capacidad de copiar y compartir contenidos, al imponer

penas a aquellos que copian y comparten contenidos. Esas penas están

reforzadas por tecnologías que dificultan hacer copias y compartir contenidos (la

arquitectura) y encarecen copiar y compartir contenidos (el mercado).

Finalmente, esas penas están aliviadas por normas que todos reconocemos--

chavales, por ejemplo, copiando en cintas los discos de otros chavales. Estos

usos de materiales con copyright pueden suponer una violación del mismo, pero

las normas de nuestra sociedad (antes de Internet, al menos) no tenían ningún

problema con esta forma de violación.

En esto aparece Internet o, de modo más preciso, tecnologías como el

MP3 y el intercambio p2p. Ahora las restricciones de la arquitectura cambian

drásticamente, como también lo hacen las restricciones del mercado. Y al tiempo

que tanto el mercado como la arquitectura relajan la regulación del copyright, las

normas se acumulan. El equilibrio feliz (para los guerreros, al menos) de la vida

antes de Internet se convierte en un verdadero estado de anarquía después de

Internet.

De ahí el sentido y la justificación de la respuesta de los guerreros. La

tecnología ha cambiado, dicen los guerreros, y el efecto de este cambio, cuando

se ramifica a través del mercado y las normas, es que se ha perdido el equilibrio

en la protección de los derechos de los dueños de copyright. Esto es Irak

después de la caída de Sadam, pero esta vez ningún gobierno justifica los

saqueos que resultan de ella.



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Ni este análisis ni las conclusiones que siguen tienen nada nuevo para los

guerreros. De hecho, en un documento de trabajo preparado para el ministerio

de comercio (un ministerio fuertemente influido por los guerreros del copyright)

en 1995, ya se había identificado esta mezcla de modalidades de regulación y se

había delineado una estrategia para responder a ella. Como la respuesta a los

cambios llevados a cabo por Internet, el documento defendía que (1) el

Congreso debería endurecer las leyes de la propiedad intelectual, (2) las

empresas deberían adoptar técnicas innovadoras de marketing, (3) los técnicos

deberían esforzarse en desarrollar código que proteja los materiales con

copyright, y (4) los docentes debían educar a los chavales parar proteger mejor

el copyright.

Esta estrategia mixta era justo lo que el copyright necesitaba--si es que se

quería preservar el equilibrio específico que existía antes del cambio causado por

Internet. Y esto es justo lo que deberíamos esperar que impulsase la industria de

los contenidos. Es tan estadounidense como la tarta de manzana considerar que

la felicidad es un derecho, y esperar que las leyes la protejan si es que algo

viene a cambiarla. Los dueños de viviendas junto a ríos que se inundan no dudan

en pedirles al gobiernos que las reconstruya (y que las vuelva a reconstruir)

cuando una inundación (arquitectura) arrasa sus propiedades (leyes). Los

granjeros no dudan en pedirle al gobierno que los ayude económicamente

cuando un virus (arquitectura) destruye sus cosechas. Los sindicatos no dudan

en pedirle al gobierno que los ayude económicamente cuando las importaciones

(mercado) arruinan la industria siderúrgica estadounidense.

De manera que no hay nada malo o sorprendente en la campaña de la

industria de contenidos para protegerse de las consecuencias perjudiciales de

una innovación tecnológica. Y yo sería la última persona que defendiera que la

tecnología cambiante de Internet no ha tenido un profundo efecto en la forma

de hacer negocios de la industria de los contenidos, o, tal y como lo describe

John Seely Brown, su "arquitectura de ingresos".



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Pero sólo porque un grupo con intereses específicos le pida apoyo al

gobierno no se justifica que se conceda ese apoyo. Y sólo porque la tecnología

haya debilitado una determinada forma de hacer negocio no se justifica que el

gobierno deba intervenir para apoyar la forma antigua de hacer negocio. Kodak,

por ejemplo, ha perdido quizás hasta un 20% de su mercado tradicional de

películas ante el mercado emergente de las cámaras digitales5. ¿Hay alguien que

crea que el gobierno debería prohibir las cámaras digitales para apoyar a Kodak?

Las autopistas han perjudicado el negocio del transporte de mercancías de los

ferrocarriles. ¿Hay alguien que crea que el gobierno debería prohibir los

camiones en las carreteras para proteger a los ferrocarriles? Acercándonos más

al tema de este libro, los mandos a distancia han disminuido el "pegamento" de

los anuncios televisivos (si aparece un anuncio aburrido, el mando hace que sea

muy fácil cambiar de canal), y bien puede ser que este cambio haya debilitado al

mercado de la publicidad televisiva. ¿Pero hay alguien que crea que deberíamos

regular los mandos a distancia para fortalecer a la televisión comercial? (¿Quizá

limitando su funcionamiento a solamente una vez por segundo, o a poder

cambiar sólo diez canales por hora?)

La respuesta obvia a todas estas preguntas obviamente retóricas es no.

En una sociedad libre, con un mercado libre, apoyado por la libre empresa y el

libre comercio, el papel del gobierno no es apoyar una forma de hacer negocio

frente a las demás. Su papel no es escoger a los ganadores y protegerlos contra

las pérdidas. Si el gobierno hiciera esto generalmente, entonces nunca

habríamos progresado. Como escribió el presidente de Microsoft, Bill Gates, en

1991, en un memorando que criticaba las patentes de software, "las compañías

asentadas en el mercado tienen interés en excluir a futuros competidores"6. Y en

relación a una empresa "startup", las compañías asentadas también tienen los

medios para llevar a cabo esta exclusión. (Pensemos en la RCA y la radio FM) Un

mundo en el que los competidores con ideas nuevas deben luchar no sólo con el

mercado sino también con el gobierno es un mundo en el que los competidores



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con ideas nuevas no tendrán éxito. Es un mundo estático y de estancamiento

cada vez más concentrado. Es la Unión Soviética bajo Breznev.

De manera que, mientras que es comprensible que las industrias

amenazadas por tecnologías que cambian la forman en la que hacen negocio le

pidan apoyo al gobierno, es el deber especial de los legisladores garantizar que

esta protección no se convierta en un obstáculo para el progreso. Es el deber de

los legisladores, en otras palabras, asegurar que los cambios que ellos crean, en

respuesta a las peticiones de aquellos perjudicados por una tecnología que

cambia, sean cambios que preservan los incentivos y oportunidades para la

innovación y el cambio.

En el contexto de las leyes que regulan la libertad de expresión—que

incluyen, obviamente, las leyes del copyright--este deber es aún más fuerte.

Cuando la industria que se queja de la tecnología le está pidiendo al Congreso

que responda de una manera que les impone cargas a la libertad de expresión y

a la creatividad, los legisladores deben tener una cautela especial con esta

petición. Para el Gobierno es siempre un mal negocio el entrar a regular los

mercados de expresiones. Los riesgos y peligros de este juego son precisamente

la razón por la que los padres de nuestra constitución crearon la Primera

Enmienda: "El Congreso no hará ninguna ley [...] que recorte la libertad de

expresión". Así que cuando se le pide al Congreso que apruebe leyes que

"recortan" la libertad de expresión, debería preguntar--cuidadosamente--si

semejante regulación está justificada.

Mis argumentos hasta ahora, sin embargo, no tienen nada que ver con si

los cambios que están impulsando los guerreros del copyright están

"justificados". Mis argumentos tienen que ver con sus efectos. Porque antes de

que entremos en la cuestión de la justificación, una cuestión difícil que depende

en gran medida de nuestros valores, debemos preguntarnos antes si

comprendemos los efectos de los cambios que quiere la industria de los

contenidos.

Aquí está la metáfora que resume la argumentación que sigue.



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En 1873, se sintetizó el DDT por primera vez. En 1948, el químico suizo

Paul Hermann Müller ganó el Premio Nobel por su trabajo demostrando las

propiedades insecticidas del DDT. Para los cincuenta, el insecticida era

ampliamente usado por todo el mundo para matar insectos portadores de

enfermedades. También se usaba para aumentar la producción agrícola.

Nadie duda que matar insectos portadores de enfermedades o

incrementar las cosechas es bueno. Nadie duda que el trabajo de Müller fue

importante y valioso y que probablemente salvó vidas, probablemente millones

de ellas.

Pero en 1962, Rachel Carson publicó Primavera silenciosa, que defendía

que el DDT, a pesar de sus beneficios primarios, estaba teniendo también

involuntarias consecuencias medioambientales. Los pájaros estaban perdiendo la

capacidad de reproducirse. Se estaban destruyendo cadenas enteras de los

ecosistemas.

Nadie se dedicó a destruir el medio ambiente. Paul Müller ciertamente no

tenía el objetivo de dañar a ningún pájaro. Pero el esfuerzo para resolver una

serie de problemas produjo otra serie que, en opinión de algunos, era mucho

peor que los problemas atacados originalmente. O, de un modo más preciso, los

problemas causados por el DDT eran peores que los problemas que solucionaba,

al menos cuando se consideraban las otras maneras, menos dañinas para el

medio ambiente, que había para solucionar los problemas que el DDT pretendía

resolver.

Ésta es precisamente la imagen a la que apela James Boyle, profesor de

derecho de la universidad de Duke, cuando defiende que necesitamos "un

movimiento ecologista" para la cultura7. Su idea, y la idea que quiero desarrollar

en el equilibrio que propongo en este capítulo, no es que los objetivos del

copyright estén equivocados. O que no se deba pagar a los autores por su

trabajo. O que la música deba darse "gratis". La idea es que algunas de las

maneras en las que podríamos proteger a los autores tendrían consecuencias

involuntarias para el medio ambiente cultural, de una forma parecida a las que



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tuvo el DDT para el medio ambiente natural. E igual que la crítica al DDT no es

una defensa de la malaria o un ataque a los agricultores, la crítica a una serie

particular de regulaciones protegiendo el copyright no es tampoco una defensa

de la anarquía o un ataque a los autores. Lo que buscamos es un medio

ambiente de creatividad, y deberíamos ser conscientes de los efectos de

nuestras acciones en ese medio ambiente.

Mis argumentos, en el equilibrio de este capítulo, intentan delinear

exactamente este efecto. Sin duda la tecnología de Internet ha tenido un efecto

drástico en la capacidad de los dueños de copyright para proteger sus

contenidos. Pero también debería haber pocas dudas sobre el hecho de que,

cuando sumas los cambios que las leyes del copyright tendrán con el tiempo y el

cambio tecnológico que está experimentando la red ahora mismo, el efecto neto

de esos cambios será no sólo que las obras con copyright estarán efectivamente

protegidas. También, y esto es algo que generalmente no se tiene en cuenta, el

efecto neto de este aumento masivo de la protección será devastador para la

creatividad.

En una línea: para matar a un mosquito, estamos esparciendo DDT con

consecuencias para la cultura libre que serán mucho más devastadoras que el

que se escape este mosquito.

(Cont.)

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