Vigilancia para todos las 24 horas del día, incluyendo la
oposición y la competencia
El gobierno se propone aprobar el miércoles 18 en el Senado
una reforma integral del Código
Procesal Penal sancionado en diciembre de 2014 pero que aún no
entró en vigencia. Con el pretexto de combatir delitos particularmente odiosos
como los secuestros y el narcotráfico, procura concentrar poderes sin
precedentes en la historia argentina, que podrán ser utilizados desde la
Capital Federal en todo el país contra cualquier ciudadano que incomode al
poder político, incluyendo adversarios electorales, gobernadores de la
oposición, organizaciones sindicales o sociales que reclamen por sus derechos,
pero también competidores económicos del presidente Maurizio Macrì y de sus parientes, socios,
testaferros y amigos. También legalizaría la aplicación del software israelí Pegasus sobre el
que informé en detalle el año pasado, que permite penetrar en la intimidad de
una persona y utilizar el micrófono, la cámara y el localizador satelital de su
propio teléfono como instrumento de espionaje sobre su vida, incluyendo el seguimiento
de cada uno de sus pasos y hasta sus encuentros íntimos.
Este proyecto de 66 artículos pero más de un centenar de
incisos fue presentado por el senador salteño Rodolfo Urtubey y el entrerriano Pedro Guastavino el 2 de marzo pero su ingreso recién se
informó el 21 de marzo. El 10 de abril fue incluido en el temario de la reunión
de comisión de Justicia y Asuntos Penales que preside Guastavino, que lo
consideró al día siguiente durante apenas 20 minutos ya con las firmas
suficientes para su aprobación: 12 sobre 17. Por eso se negaron a
convocar nuevas reuniones o a citar a expertos que opinaran sobre su
contenido. El sigilo y el apuro son elocuentes: semejante ley que
aniquila las libertades civiles no soporta un debate público. Además de sus
autores firmaron Ernesto Martínez, Néstor Braillard Poccard, Federico Pinedo,
Oscar Castillo, Silvia Elías de Pérez, Olga Brizuela Doria de Cara, Cristina
Fiore Viñuales, Sigrid Kunath, Juan M. País y Guillermo Snopek, un muestrario
de transversalidad, por lo que estará en condiciones de ser tratado en el
recinto el miércoles antes de que alguien más que los lectores de esta nota se
enteren.
El PAK en acción
Un hermano de Urtubey gobierna Salta, lidera el
opoficialismo y pretende presentar su candidatura presidencial. Otro hermano es
dirigente de la Unión Industrial. Guastavino fue uno de los organizadores de la
cumbre de Gualeguaychú convocada por el Senador Miguel Pichetto para organizar un Peornismo Antídoto contra
el Kirchnerismo (PAK), que facilite la reelección del presidente Macrì en 2019 por la fragmentación
de las fuerzas que se le oponen. A eso le llaman racionalidad y la reforma
procura avalar esa idea, mostrando lo que le espera a quien se oponga.
En la misma dirección apunta la simultánea decisión de la
jueza federal María Servini de intervenir el Partido Justicialista y
designar para reorganizarlo a un entusiasta de la democracia como Luis Barrionuevo.
El proyecto presentado por Urtubey, quien aspiraba a suceder
en la Procuración General a Alejandra Gils Carbó, acaba con el federalismo y subordina las fiscalías de todas las
provincias al Ministerio Público Fiscal. El artículo 117 del Código
vigente contemplaba que cuando los delitos se cometieran en más de una
jurisdicción el Ministerio Público fiscal podría “formar equipos” para
“coordinar la investigación con las autoridades de otras jurisdicciones”. El
Código Urtubey suma a esa cooperación a los fiscales de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, los más dóciles al gobierno nacional, y añade que los federales
podrán “encomendar a los fiscales
provinciales actividades de investigación”. Ya no se trata de coordinar
sino de darles órdenes.
En el Código vigente los allanamientos y detenciones en otra
jurisdicción deben solicitarse por exhorto al juez del lugar. Un nuevo artículo
117 bis sostiene que el fiscal federal puede realizarlas con la sola
autorización del juez del caso y recién después comunicar al juez federal del
lugar “la medida practicada y los resultados obtenidos”. Con esta comunicación
a posteriori también se castra a los jueces federales de las provincias. Los
gobernadores de la oposición pueden ir poniendo sus barbas en remojo. Y esto no
es una metáfora, Gildo. Tal
vez por eso entre las firmas del dictamen no figura la del Senador
formoseño José Luis Mayans, quien
hace dos semanas ayudó a estibar las preguntas más pesadas al Ministro de Deuda
y Evasión Luis Caputo, el Primo Toto.
El artículo 17 del Código dice que sólo se podrá detener a
una persona cuando exista “peligro
real de fuga u obstaculización de la investigación”. El proyecto Urtubey
sólo cambia una palabra: suprime real, con lo cual no será
necesario fundamentar en qué consistiría el peligro de fuga u obstrucción. Al
189, que enumera en qué consistiría el peligro de entorpecimiento, agrega un
nuevo inciso d: la existencia de indicios de que el imputado “intentará asegurar el provecho del delito”,
cosa que obviamente ocurre en cualquier delito, con lo cual la libertad durante
el proceso pasará a ser otro derecho básico perdido. Ambas novedades parecen
tomadas de la decisión de la justicia jujeña por la cual perdió la libertad su
ex gobernador Fellner. El fiscal solicitó y el juez ordenó detenerlo
porque viajó a Panamá, que es una guarida fiscal.
El artículo 30 de la reforma de la reforma agrega a la
Primera Parte del Código Vigente todo un Título sobre Técnicas Especiales de Investigación,
que legaliza la utilización de los chiches
de espionajeque la ministra de Seguridad Patricia Bullrich adquirió a proveedores israelíes, como
el software Pegasus, que ya
fue usado en México no para combatir el delito sino para espiar a periodistas, ONGs, abogados de
derechos humanos, opositores políticos y también organismos defensores del
consumidor que investigaban productos de compañías multinacionales de refrescos
y la institución Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad. Aunque
la justicia haya desprocesado a Macrì en la causa por las escuchas ilegales, es
imprescindible retener que según sus propias afirmaciones, el organizador de
esa red y primer jefe de la policía porteña, el comisario Fino Palacios, le fue
recomendado por las embajadas de Estados Unidos e Israel. La literatura de la
empresa proveedora indica que su software sólo puede ser adquirido por estados
con un limpio récord en materia de Derechos Humanos, pero el ejemplo de Pegasus
en México desarma ese relato. En la investigación sobre el uso desviado del
Pegasus en México participó la organización canadiense Citizen Lab de la
Universidad de Toronto y sus conclusiones fueron publicadas por el diario New
York Times. Durante las manifestaciones de diciembre contra la reducción de
haberes jubilatorios pudieron apreciarse los preparativos del gobierno de Macrì
para tratar a quienes protestan en el estilo que las tropas israelíes reservan
a los pobladores palestinos.
Los 36 incisos que Urtubey intenta agregar al artículo 175
del Código, en una ridícula jerga latina (¡del 175 bis hasta el 175
sextricies!), regulan el uso de esas técnicas especiales de investigación. Los
distintos incisos permiten mantener esas medidas durante un año antes de que el
juez de revisión “deba controlar los motivos que fundamenten su continuidad”.
La vigilancia acústica autorizada
incluye la escucha y grabación no ostensible “de las conversaciones privadas
del imputado” en cualquier lado que esté y el acceso en forma no
ostensible al contenido de las comunicaciones del imputado “a través de la
intervención de las terminales o de los medios de comunicación que utiliza”; o
de un software que penetre el contenido de ordenadores, sistemas informáticos,
bases de datos, y medios de seguimiento y localización. Por ejemplo el
conmutador telefónico de Techint,
el servidor de comunicaciones de Benito
Roggio, la base de datos de clientes y transacciones del Banco
Provincia, o los datos de los tribunales
eclesiásticos sobre pedofilia, porque hay un empleado del que se
sospecha que vende cocaína, cortó una ruta, contrabandea euros falsos o abusó
de una nena. Esta no es una hipótesis fantasiosa. El procesamiento de Macrì
revocado en cuanto asumió la presidencia se debió a las escuchas ordenadas por
un juez de Misiones en una causa por un homicidio, que incluían a familiares de
víctimas del atentado a la DAIA que cuestionaban al primer jefe de la
policía porteña; empresarios que competían con el hermano de un funcionario de
seguridad de Macrì por los derechos de la televisación del fútbol, gerentes del
supermercadista Alfredo Coto, un directivo del shopping Alto Palermo que
interesaba al amigo presidencial Marcelo Mindlin y al esposo de la hermana
Sandra Macrì, a quien la famigliaquería alejar de Sandra y de su
herencia. Los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah
confirmaron el procesamiento de Macrì por consentir esas escuchas ilegales que
organizaba el policía Ciro James, a órdenes directas del comisario
Palacios. Los camaristas señalaron que la policía metropolitana tenía prohibido
realizar el tipo de inteligencia que consta en el curriculum de James. Macrì se
liberaría como presidente de esa restricción, con el proyecto que para mayor
perfección presentan los compañeros del PAK. Freiler ya fue destituido,
Ballestero anunció que se jubila para que no le ocurra lo mismo y Farah
está negociando su traslado a Mar del Plata, la jurisdicción de la que fue
importado por Javier Fernandez de Stiuso, el operador en tribunales de todos
los gobiernos.
La enumeración de casos en los que el fiscal podría pedir
estas medida de investigación con tecnologías sofisticadas es ociosa, ya que la
lista incluye la asociación
ilícita, esa figura comodín que fiscales y jueces emplean cuando no
consiguen pruebas de un delito. Basta con que tres personas se comploten para
cometer delitos indeterminados para que se les aplique. También menciona como
justificación los delitos contra el orden económico y financiero.
El artículo 5 del CPP vigente sostiene que “nadie puede ser
perseguido penalmente ni condenado más de una vez por el mismo hecho. No
se pueden reabrir los
procedimientos fenecidos, salvo la revisión de las sentencias a
favor del condenado”. El proyecto reformista suprime la parte en
bastardilla del artículo. Esto no es por azar. El actual ministro de la Corte
Suprema Carlos Fernando Rosenkrantz, abogado de Clarín a quien Macrì designó en
la Corte por decreto, lo está planeando desde 2014, con el propósito de volver
a juzgar a Cristina en las causas en las que fue absuelta. Ese año Rosenkrantz
prologó un libro con dos trabajos sobre el tema, uno del entonces secretario de
Martín Irurzun en la Cámara Federal, Federico Morgenstern. En cuanto asumió en
la Corte, Rosenkrantz designó como prosecretario letrado para asuntos de
confianza a Morgenstern quien el año pasado redactó el fallo del 2×1 en una
causa por crímenes de lesa humanidad.
En síntesis, de aprobarse este disparatado proyecto el
Estado con sus Moldes, Stornellis, Plees y Marijuanes podrían hacerle cualquier
iniquidad a cualquier ciudadano en cualquier lugar del país.
Cuando comenzaron las protestas por la detención de Milagro
Sala, los comités por su libertad denunciaron que llevaba tres meses detenida
sin que se la indagara ni se dictara su prisión preventiva. El ministro de
Justicia, Germán Garavano dijo que eso no era posible. Cuando le enviaron el
Código Procesal Penal jujeño que lo permite no pudo reprimir una exclamación:
“Esto es inconstitucional”. Por supuesto, no dio ni un paso para promover su
modificación. El contador Morales es un pionero en la materia y su campaña de
ley y orden es la base de su aspiración a suceder como vicepresidente a
Gabriela Michetti.
El método de la intimidación funciona mucho mejor cuando lo
practica el gobierno, en un fuero que nunca ha sido cuna de héroes cívicos. Que
lo cuente María Servini, quien decretó la intervención del Partido
Justicialista con argumentos aberrantes y designó interventor a Luis
Barrionuevo, quien cuando ve una urna saca su encendedor. Lo asesora el ex
dirigente de la rama masserista del movimiento Julio Bárbaro, cuyo amor por la
democracia no se debilitó ni siquiera cuando su candidatura en olor de santidad
quedó lejos del 1% de los votos.
Inspiró la medida el ex senador Eduardo Duhalde, quien
accedió por unos meses al Poder Ejecutivo por un enjuague palaciego luego de
perder las elecciones presidenciales dos años antes. En 2003 modificó la ley
electoral para que las internas fueran substituidas por la presencia de tres
candidatos de su partido en la elección general, como ley de lemas sui generis.
Duhalde explicó entonces que si Carlos Menem vencía en una interna, acumularía
en la general todo el voto peronista y se impondría con comodidad. Sólo
dividiendo ese caudal en tres sería posible forzarlo a un balotaje, en el que
sus chances eran débiles. Así fue, pero Menem le birló el trofeo retirándose de
la segunda vuelta contra Néstor Kirchner, el títere imaginado por el perspicaz
estadista de Lomas de Zamora.
Ahora Duhalde asesora en estos temas al presidente Macrì,
cuya reelección sería imposible si el justicialismo dirimiera su candidatura
presidencial en una primaria abierta. Cambian los enemigos pero las
motivaciones del equilibrista de la damajuana son siempre altruistas, como
desalentadores sus resultados. Ofendido porque designaron a Barrionuevo y no a
él, se niega a integrar el Consejo Asesor. No será simple constituirlo, porque
cada candidato piensa que el otro tiene mal olor, y ninguno se equivoca.
En noviembre el auto de Servini estacionado frente a su casa
de Palermo, fue violentado en un momento en que había desaparecido el custodio
de la policía porteña, y se llevaron expedientes y regalos de Navidad del baúl.
Sin dudar dijo que era una amenaza, que por lo visto surtió efecto: la
solicitud de intervención presentada por la rama sindical de Cambiemos (las 62
Organizaciones del difunto Jerónimo Venegas), el decreto de la jueza y el
comentario posterior del interventor Luis Barrionuevo salieron de la misma
pluma. Incluso, la parte resolutiva está escrita con las mayúsculas de los
servicios de informaciones, que no de la judicatura, como indicio de
catanpeitismo, una enfermedad viral en el fuero. Tampoco le pidieron opinión
sobre el nombre del interventor, porque en ese caso hubiera dicho que debería
ser abogado, contador o economista, inscripto en el Colegio Público de Abogados
o el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, según el reglamento del
Consejo de la Magistratura, ni tener relación con la entidad intervenida, según
el Código Procesal Civil y Comercial. Servini no insistió en ser escuchada
porque entendió el episodio de noviembre con su auto y porque la ilusionaron
que ese fallo podría debilitar la prescindencia de Macrì en el pedido de juicio
político contra el presidente de la Corte Suprema. Servini es la principal
informante de Elisa Carrió en esa solicitud, porque Ricardo Lorenzetti hizo
cesantear a su hijo Eduardo Cubría en la batalla por la administración del
Consejo de la Magistratura. Intimidado ante esa perspectiva, Lorenzetti dio
marcha atrás con la Acordada 4 que había recordado la necesidad de selección
por el Consejo de la Magistratura y acuerdo del Senado para trasladar a un juez
de un tribunal a otro, y firmó la Acordada 9, que convalida esos traslados. La
única excepción hasta ahora es el TOF 9, creado ad hoc para condenar a CFK en
varias causas. Asediado, Lorenzetti organizó una visita de periodistas a la
central de inteligencia desde la cual se graban las comunicaciones de los
teléfonos intervenidos, para negar responsabilidad en su filtración. La condujo
el titular del organismo, Juan Tomás Rodríguez Ponte, tan mal que mostró las
pantallas con la nómina de teléfonos intervenidos. Por ejemplo la Granja
Educativa Hotel de Campo Los Robles, que se ofrece para fiestas infantiles de
colegios católicos, la empresa FIT-ADN o el investigado en la causa por el
abuso de jugadores de fútbol Leo Cohen Arazi. Es decir, una filtración ilegal
para negar otras.
Una aberración
constitucional
La sustitución por los jueces de las autoridades de los
partidos políticos es una aberración constitucional. El artículo 37 de la
Constitución “garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con
arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en
consecuencia”; el 38 define a los partidos políticos como “instituciones
fundamentales del sistema democrático”, aporte del líder radical Raúl Alfonsín
a la reforma. “Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro
del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y
funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia
para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la
información pública y la difusión de sus ideas”, continúa el texto.
El único fundamento que Servini atino a mencionar fue “la
derrota en los comicios presidenciales como así también el fracaso en el acto
electoral para elegir gobernador en el distrito más grande del país” y “el
grado de división alcanzado”. Hasta ahora el resultado de las elecciones, quien
gana y quien pierde, no era de competencia de la justicia electoral. Luego de
esta primera alusión a CFK, agrega que “reconocidos dirigentes partidarios
apoyaron candidaturas de partidos o frentes políticos de los que el
Justicialismo no formó parte o directamente se han postulado como candidatos de
esas agrupaciones que compitieron en el último proceso electoral contra el
partido fundado por el General Perón”. Esto constituiría un “vaciamiento
partidario, provocado por quienes dicen ser peronistas al solo efecto de
obtener una ventaja electoral”. Si algo faltaba para transparentar el mensaje,
está en la cita de Perón que transcribe: “El peronismo anhela la unidad
nacional y no la lucha”. Sólo faltó explicitar la unidad o la lucha con quién.
Para colmo de ironía concluye con una cita de las Lecciones
de Derecho Constitucional del Procurador de Yrigoyen, José Nicolás Matienzo,
sobre la organización republicana de los partidos como requisito para la
organización republicana de la Nación. Matienzo era de quienes creía que
las facultades de los jueces se limitaban a la resolución de conflictos y
nunca podían sustituir en las decisiones a los órganos políticos. Incluso
rechazó en un dictamen la intervención judicial en un juicio político. Se
hubiera horrorizado ante jueces que legislan, deciden sobre designaciones o
remociones de jueces, declaran inconstitucional la Constitución o dirigen
partidos políticos.
El decreto de Servini dice que el interventor judicial
deberá dialogar con todos los sectores partidarios. Pero por si alguien no
había entendido qué se busca con su nombramiento, Barrionuevo dijo que
dialogará con todos menos con los kirchneristas, porque no son peronistas y
buscan usar al PJ como guarida.
Últimas noticias de
Macondo
Existía acuerdo para comenzar la implementación del Código
Procesal Penal por Salta y Jujuy, cuyo gobernador Gerardo Morales es vanguardia en
la reducción de derechos y el
encarcelamiento de opositores. Milagro Sala fue detenida por
encabezar una protesta frente a la gobernación en enero de 2016, el ex
gobernador y presidente del Partido Justicialista Nacional, Eduardo Fellner, la siguió el jueves
12 de este mes. La reforma en trámite intenta someter al resto de los
gobernadores que no se plieguen a la voluntad presidencial. Una lógica que
también se aplica a jueces o periodistas. En cambio los gobernadores del
oficialismo tienen absoluto respaldo para cualquier iniciativa. El viernes 13
fue detenido en San Salvador el dirigente de la Túpac Amaru Santiago Hamud,
acusado junto con otras nueve personas de atentado a la autoridad, por haber
manifestado el 4 de abril mientras Morales explicaba en la Legislatura la
libertad que él garantiza en la provincia. Pero el sábado 14 recuperó su
libertad Fellner, prueba adicional de que su detención no tuvo otro propósito
que amedrentar a conjunto de la dirigencia política.
.
Fellner queda en libertad.
Su soltura se produjo en medio de un áspero intercambio de
recriminaciones entre los fiscales (Liliana Fernandez de Navarro y Diego
Cussell) y el juez Isidro Cruz. Los fiscales se retiraron de la audiencia
recriminando al juez que no le haya leido los cargos en su contra, del conocido
linaje “Se han robado todo”. Fernández de Navarro es la íntima amiga del
ministro Ekel Meyer que en enero de 2016 forzó plazos, competencias y
testimonios para justificar la detención ilegal y arbitraria de Milagro Sala,
que según Ernesto Sanz era prerrequisito de la gobernabilidad jujeña. Como el
juez no se prestó a ese show predilecto de Morales, Montiel abandonó la
audiencia seguida por Cussell, con lo cual Fellner hubiera podido
continuar bajo arresto por tiempo indefinido. Pero el juez Cruz fundamentó en
esa deserción de los fiscales la libertad del ex gobernador. Como telón de
fondo está la intención de Morales de promover a la Suprema Corte al fiscal
general de Acusación Sergio Lello Sánchez y otorgar al ministerio público el
manejo de sus recursos. Entre los jueces comienza a señalarse que la mala
gestión de Lello en el manejo de las investigaciones terminará con la caída de
las causas por corrupción. Otros actores de la política jujeña suministran una
explicación alternativa para la voltereta del juez Cruz, que detiene un dia y
libera al siguiente: “Morales lo apretó para que detuviera a Fellner y Fellner
lo apretó para que lo largara. Aquí todos tienen un muerto en ropero”.