Los dueños de animales domésticos de
compañía se encuentran sujetos a cumplir una serie de obligaciones legales,
tanto en el orden sanitario como patrimonial.
Así lo explicó el abogado don Alberto
Cortés Nieme, ex - asesor legal por muchos años del Colegio Médico Veterinario
de Chile, al ser consultado respecto a los cuidados, deberes y principales
aspectos legales que deben preocupar a las personas que tienen a su cuidado una
o más mascotas.
En el orden patrimonial, se explicó, los
dueños de perros tienen la obligación perentoria de mantener a los animales
dentro de su residencia o recinto en que los albergan; en el caso que quieran
circular con ellos por las vías públicas ó lugares de uso público, deben
llevarlos con algún medio de sujeción, de manera que mantengan un permanente
control sobre los mismos. Así lo dispone la reglamentación de sanidad pública
aplicable en estos casos. La inobservancia de estas medidas preventivas
constituye infracción sanitaria y podría ser sancionada por el Servicio de
Salud competente con multa, aplicable a quién tenga a su cargo la mascota.
A este respecto, puntualizó, resulta de la
mayor importancia que quienes asuman la responsabilidad de tener una mascota en
su casa, lo hagan con plena conciencia que tienen bajo su cuidado una especie
viviente, y por consiguiente, objeto de especial consideración, cuya tenencia,
sin embargo, involucra una serie de intereses públicos y privados. En estos
lineamientos se basa la tenencia responsable de mascotas.
Respecto a la ocurrencia de mordeduras de
perros, el profesional indicó que la situación debe apreciarse desde dos
perspectivas: por un lado, el de la sanidad pública, de donde derivan
obligaciones de denuncia sanitaria obligatoria, observación del animal y
prohibición de sacrificio del mismo; y por otro lado, el del ámbito de las
responsabilidades privadas del dueño del animal por las lesiones que éste haya
ocasionado.
En su opinión, cuando el perro ha sido
objeto de un adiestramiento destinado dotarlo de ciertas cualidades agresivas,
debiera existir una responsabilidad solidaria de la persona o empresa que
prestó ese servicio de adiestramiento; de esta manera, quienes otorguen
semejante servicio se cuidarán de convertir animales en verdaderas armas de
defensa.
Asimismo, indica que los dueños de perros y
gatos tienen la obligación legal de vacunar a sus animales contra la rabia;
debiendo el médico veterinario tratante llevar un registro de los usuarios a
quienes se les aplica esta vacuna e informarlo al Servicio de Salud local.
Con relación al tema del número máximo de
animales que pueden ser mantenidos en una vivienda, no existe una norma
legítima que lo señale; al respecto, el reglamento que prevé el Código
Sanitario para normar esta materia, no ha sido dictado. De cualquier forma,
quienes mantengan animales domésticos en su casa deben evitar los riesgos
sanitarios al vecindario y focos de insalubridad. Con respecto a las mascotas
que se mantienen en edificios de departamentos, debe revisarse el reglamento de
copropiedad del respectivo edificio (contrato colectivo al que se obligan
quienes son propietarios o arrendatarios de los departamentos), pues podría
contemplar restricciones para tenencia de animales. El profesional recalca que
las municipalidades no son competentes para regular esta materia, siendo
ilegales las posibles ordenanzas que se dicten al efecto.
Otra obligación de importancia de quienes
tienen animales a su cuidado, es evitarles sufrimientos innecesarios: en Chile
constituye delito contrario a la salud animal los actos de maltrato y crueldad
a su respecto. La propiedad sobre las mascotas se encuentra limitada y
restringida en este sentido.
Respecto a la atención veterinaria, resulta
prudente que los dueños de mascotas que concurran a una clínica o sean
atendidos por personas que se presenten como médico veterinario, se cercioren
que tales personas son efectivamente profesionales con título que lo acredite;
ya que, por diversas consideraciones, hay sujetos que se fingen médico
veterinario, incluso falsifican títulos y autorizaciones, y realizan actos
propios de la profesión.
Además, agrega, la función del veterinario
tiene implicancia en la salud de las personas, por cuanto existen una serie de
enfermedades graves de las mascotas susceptibles de transmitirse a las personas
(conocidas como “zoonosis”), entre ellas: tuberculosis, leptospirosis,
hidatidosis, rabia, sarna y tiña; todas las cuales pueden ser detectadas por un
profesional veterinario competente, y evitar así serios riesgos para la familia
que tiene una mascota en su casa.
(Fuente: , Abogado. Ex - Asesor Legal
Colegio Médico Veterinario de Chile).
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