miércoles, 7 de septiembre de 2011

El modelo sindical argentino



*Carlos Alberto Barbeito

El análisis sobre "el modelo sindical argentino", que se propone este trabajo, intenta destacar el poder estratégico, protagonismo y solidez del modelo de organización sindical, impulsado por Juan Perón a partir de 1943 cuando, como interventor en el Departamento Nacional del Trabajo, asumió funciones en el gobierno revolucionario que, el 4 de junio de ese año, puso fin a una de las etapas de mayor decadencia de nuestra historia, la "Década Infame". Este análisis se propone, además, demostrar la falacia de la presunta raíz fascista del aludido modelo sindical.

Aquella oscura etapa de nuestro pasado, la Década Infame, que comenzó el 6 de setiembre de 1930 cuando, liderado por los generales Uriburu y Justo, se produjo el primer golpe contra el orden constitucional argentino, derrocando al gobierno democrático del doctor Hipólito Irigoyen, fue el producto de una conspiración cívico militar para intentar prolongar la vida de un modelo económico agroexportador socialmente injusto que se agotaba y –junto con ese agotamiento– amenazaba con pulverizar muchos de los privilegios de las clases dominantes de entonces y cambiar la relación de poder en la Argentina.

La fuerte alianza entre los trabajadores argentinos y Perón, a partir de 1943, se fortaleció con la asunción de éste, el 4 de junio de 1946, como presidente constitucional de los argentinos, luego de vencer en elecciones transparentes, el 24 de febrero de aquel año, a la coalición de partidos denominada "unión democrática". La alianza estratégica entre Perón y los trabajadores sindicalmente organizados fue, sin dudas, la vanguardia de la revolución social que transformó, a partir de entonces, radicalmente la realidad de nuestro país y nuestro pueblo.

No es la intención detenernos, en este trabajo, en la multiplicidad de hechos que en su momento provocaron –y provocan aún– acontecimientos y crisis relevantes en el seno del modelo sindical argentino. En los 67 años transcurridos desde 1943 a la fecha, han sido innumerables los sucesos que soportó su estructura, demostrando así su fortaleza. En todo ese tiempo, sumado a los embates de gobiernos institucionales y/o dictatoriales, soportó la conformación de divisiones reflejadas en corrientes internas e, inclusive, proyectos de nuevas centrales sindicales alternativas a la CGT. La más notoria y perdurable es, sin dudas, la actual Central de Trabajadores Argentinos, CTA, que propone un modelo sindical radicalmente opuesto.

Esa central alternativa que respetamos, en nuestra opinión, sin ánimo de polemizar ni cuestionar las intenciones de sus inspiradores, contiene en su seno el riesgo evidente de la atomización sindical que, fragmentando la unidad, debilita la capacidad de lucha y participación protagónica de los trabajadores y la posibilidad de ser, a través de sus organizaciones sindicales como factor de poder, protagonistas del proceso de cambios profundos que necesitamos en nuestro país para conquistar definitivamente la Justicia Social. Formulada esta aclaración preliminar, nos abocaremos al desarrollo de la primera parte de las tres que contiene este trabajo.

El sindicalismo: De factor de presión a factor de poder. Desde sus orígenes, en la segunda mitad del siglo XIX, y hasta 1943, en términos generales, las organizaciones obreras, signadas por heroicas gestas y ejemplos de lucha que perduran en el tiempo, por las circunstancias históricas de entonces, constituían un claro factor de presión ante el poder de turno. A partir del ascenso del entonces coronel Perón al gobierno de la Revolución de 1943, por primera vez, los trabajadores fuimos estimulados, y aun promovidos, desde el poder, a superar las barreras que hasta entonces les habían impedido unificarse en organizaciones sindicales fuertes y representativas. Es que, en el pensamiento de Perón, era evidente que la clase trabajadora estaba llamada a constituirse en la columna vertebral de un vasto movimiento político con capacidad para transformar las condiciones sociales, políticas, económicas y culturales del país. Es decir, a convertirse en un auténtico factor de poder.

Muchas fueron las conquistas sociales que entre 1943 y 1945, por iniciativa de Perón, como interventor del Departamento Nacional del Trabajo primero, y como secretario de Trabajo y Previsión después, logramos los trabajadores urbanos y rurales. Ello en sí mismo podría contabilizarse como el producto de una verdadera revolución social. Sin embargo, en aquel entonces, lejos estaba aún de detenerse la monumental construcción política, económica y social que anidaba en el pensamiento estratégico de Perón.

Vale recordar que antes de 1943 el sindicalismo argentino, más allá, insistimos, de sus heroicas luchas, no había logrado superar su tendencia atomizante debido, principalmente, a las profundas contradicciones ideológicas de las corrientes que lo sustentaban y, también, a la feroz persecución y represión ejercida o impulsada por el poder político, económico, militar e, inclusive, eclesiástico de entonces sobre las organizaciones y los trabajadores. Es verdad que ya para 1945, a partir de las importantes conquistas sociales y laborales que se establecían, la alianza que se afianzaba entre Perón y una corriente sindical cada día más numerosa había modificado mucho aquella primitiva situación.

Los sindicatos, en 1945, seguían manteniendo el carácter de asociaciones civiles con una limitada capacidad legal de representación. Ello fue así hasta el 2 de octubre de aquel año, cuando el gobierno de Farrel-Perón dicta el Decreto 23.852, poniendo en vigencia la primera norma argentina de Asociaciones Profesionales de Trabajadores. Transformada en ley 12.910 de la democracia, al asumir Perón como presidente constitucional en 1946, le permitía al sindicato de industria o actividad más numeroso tener la representación individual o colectiva de todos los trabajadores de una actividad, independientemente de la afiliación o no al sindicato.

Esa herramienta legal contenía un profundo sentido de democracia social, ya que por primera vez legalizaba los instrumentos colectivos de lucha de los trabajadores: sindicatos, convenios colectivos, protección contra el despido a los dirigentes sindicales e institucionalizaba el derecho de las organizaciones sindicales a desarrollar tareas políticas.

Sobre lo último, vale destacar que desde su visión estratégica Perón sostenía que el sindicalismo tenía que constituirse en un factor de poder político dentro de la comunidad. Al respecto, en un discurso pronunciado el 2/11/1973, decía: "La revolución, en el orden gremial debe terminar cuando la organización sindical constituye un verdadero factor de poder dentro de la comunidad ¿Por qué? Porque es entonces cuando la organización sindical, que es el pueblo organizado, hace sentir el acento no sólo de sus intereses sino también de sus aspiraciones y ambiciones". Más adelante advertía que "cuando los obreros hayan renunciado a intervenir en los destinos del país, ése será un sentimiento suicida para su propia clase y para sus propias organizaciones".

No pueden existir dudas de que la sanción del decreto ley 23.852, que aterrorizó a los grupos de poder político y económico nacionales y extranjeros fue, junto a la sanción del Estatuto del Peón Rural, uno de los principales factores detonantes de los acontecimientos que se sucedieron en los días siguientes y que culminaron, primero, con la destitución y detención de Perón, y segundo, con la histórica jornada del 17 de octubre de 1945. Ese decreto ley fue rápidamente tildado por la oposición (de izquierda y de derecha) de neto corte fascista. Nada tan lejos de la realidad.

Basta repasar sus considerandos para comprender el profundo carácter antifascista de su espíritu. Además, en su articulado se confirma claramente este carácter: dispone el derecho de la asociación sindical a constituirse sin ningún tipo de autorización previa; establece dos categorías de asociaciones: con personería gremial y con simple personería jurídica, aunque en ambos casos permite efectuar reclamos, fundar instituciones de previsión y asistencia social, cultural, cooperativa, etcétera.

En síntesis, éste fue un claro ejemplo de construcción jurídica, social y económica de "las organizaciones libres del pueblo", principal sustento del modelo de comunidad organizada que proponía Perón, en el que el pueblo organizado en instituciones que él mismo crea, construye poder social, político y económico, fortalece a la sociedad, orienta al Estado y subordina al mercado. En un discurso del 16 de octubre de 1953, Perón sostenía: "Cuando nosotros propugnamos la organización algunos dicen que estamos haciendo política. Sí, estamos haciendo política, pero alta política. Nosotros no discriminamos en la organización, nosotros pedimos que se organicen porque es imposible gobernar a un pueblo que no está organizado".

Esa ley era de carácter centralista porque se proponía estructurar una organización sindical nacional y por rama industrial, único modo de superar la tradicional fragmentación de la clase trabajadora que la debilitaba y le impedía constituirse en un actor social y político capaz de discutir el poder en todos los niveles. Resumiendo podríamos señalar que el contenido antifascista de esa ley queda demostrado en que todo su espíritu tendía a asegurar la protección de la actividad sindical contra el intento de los empleadores de obstaculizarla o impedirla.

Es decir: democratizó las relaciones laborales dentro de la empresa. Este modelo sindical, democrático y representativo, caló muy hondo en la clase trabajadora argentina, que se sentía representada y participaba activamente de la vida interna de su organización sindical. Sentía además, que por primera vez tenía derechos y esos derechos se respetaban (por las normas vigentes, por la importancia de su organización y por la acción de sus dirigentes). Ello explica por qué los trabajadores argentinos, desde aquellos años, hemos adquirido una clara conciencia del modelo de sociedad con desarrollo económico, pleno empleo y justicia social que podemos construir. Ello explica también el rechazo, ampliamente mayoritario, de la clase trabajadora argentina a los modelos sindicales atomizados, débiles, que en nombre de un ideal democrático se ofrecen, por igual, desde las derechas y las izquierdas tradicionales.

Por las razones expuestas y muchas más, algunas de las cuales expondremos en futuros capítulos, podemos afirmar que nada más lejos de nuestro modelo sindical de cualquier visión fascista, porque mientras las organizaciones fascistas intentan verticalizar y subordinar la actividad gremial al poder del Estado, este modelo sindical argentino se concentró en la protección y el desarrollo del poder gremial que le valió ganarse el respeto de las corrientes sindicales del mundo, reconociéndolo como un ejemplo a imitar.



*Secretario General de la Unión Obrera Molinera Argentina (UOMA), y Presidente del CESS

(Centro de Estudios Socioeconómicos y Sindicales)

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