Señor Juez:
Cristina Fernández de
Kirchner, por mi propio
derecho, en la causa Nº 12.152/15
caratulada “Banco Central de la República Argentina s/defraudación…”, en
trámite por ante ese Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº
11, Secretaría Nº 22, con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Alberto Beraldi
(CUIT 20-13430665-4), constituyendo domicilio en Av. Santa Fe 1752, 2º A, a
V.S. digo:
I.-
Objeto.
Que a efectos de ejercer mi
derecho de defensa en juicio vengo a efectuar esta manifestación, la cual
solicito se incorpore a la causa en el marco de la declaración indagatoria
ordenada en autos.
II.
Introducción.
1) Cada vez que un Movimiento
Político de carácter Nacional y Popular fue derrocado o finalizó su mandato,
las autoridades que lo sucedieron utilizaron en forma sistemática la
descalificación de sus dirigentes, atribuyéndoles la comisión de graves
delitos, siempre vinculados con abusos de poder, corrupción generalizada y
bienes mal habidos.
Sin embargo, los verdaderos
motivos siempre fueron los mismos: por un lado, barrer con las conquistas logradas
y los derechos adquiridos por la sociedad en sus diferentes estamentos y
actividades; por el otro, imponer programas de “ajuste” y endeudamiento
-matrimonio indisoluble- utilizando la supuesta corrupción para ocultar ambos
objetivos. Con el correr de los años cada uno de esos supuestos “procesos
moralizadores” devinieron en formidables transferencias de ingreso y patrimonio
de las grandes mayorías a las elites gobernantes y sus grupos económicos
vinculados, saliendo a la luz los escandalosos mecanismos de corrupción para
hacer operativas esas políticas.
No son pocos los hechos
históricos que así lo demuestran. El primer ex Presidente argentino que tuvo
que enfrentar a un juez no fue peronista, por una razón muy sencilla: el
movimiento nacional y popular en ese momento todavía lo encarnaba el
radicalismo y su figura liminar: Hipólito Yrigoyen. Derrocado en 1930 por el
primer Golpe Militar de la historia y, oh casualidad, convalidado y legalizado
por acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, debió sufrir ser
investigado por una comisión especial por supuestos hechos de corrupción,
siendo encarcelado en la Isla Martín García. Recuperó su libertad merced a un
indulto que Yrigoyen rechazó. El día que lo liberaron asumía el General Justo
como Presidente de la República Argentina, dando inicio a lo que históricamente
se conoce como “Década Infame”, llamada de esa forma por lo que constituyó un
período de escandalosa corrupción y entrega del país. Sin embargo, no se
detuvieron allí. Lo volvieron a encarcelar y pasó el último año de su vida en
Martín García. Eso sí, esta vez no fue por corrupción, lo acusaron de
conspiración.
Más tarde, el Movimiento
Nacional y Popular se encarna en el Peronismo y en la figura de sus fundadores:
Juan Domingo y Eva Perón. Durante sus dos Gobiernos los Derechos y conquistas
populares construyen historia y época. Una vez más y tras el derrocamiento del
General Perón, el gobierno de facto dictó el Decreto Ley 5143/1955 que creó la
Junta Nacional de Recuperación Patrimonial, una comisión especial en franca
violación del texto constitucional asignándole funciones jurisdiccionales bajo
el “loable propósito” de obtener la incautación de todos los bienes de
los que se habrían apoderado los funcionarios corruptos del anterior gobierno.
Pese al grado grosero de
afectación de los principios más elementales del Estado de Derecho, hubo
magistrados y funcionarios judiciales, incluso de las máximas instancias,
dispuestos a justificar semejantes atropellos sin abandonar sus citas leguleyas
e invocación de valores éticos que se correspondían con “su ser nacional”.
A título de ejemplo me permito
citar el fallo de –una vez más- la Corte Suprema Justicia de la Nación del 21
de junio de 1957, en la causa “Juan Domingo Perón s/ bienes mal habidos”. Aquí
en el dictamen del Procurador General ante ese Alto Tribunal se efectúan los
siguientes señalamientos:
“1° Que antes de la
revolución de septiembre de 1955 el país se hallaba sometido a un gobierno
despótico, y en un estado de caos y corrupción administrativa, debido a la
acción directa de las personas comprendidas en el decreto ley 5.148/55 y, en
especial, a la del recurrente en esa causa.
2° Que uno de los fines
primordiales de la revolución fue el de restituir al patrimonio público los
bienes adquiridos ilícitamente por las personas indicadas, quienes, como es de
pública notoriedad, se enriquecieron inmoralmente aprovechando los resortes del
poder omnímodo de que disfrutaba Juan Domingo Perón y del que hacía partícipe a
sus allegados…”
Por su parte, en la sentencia
aludida, la propia Corte, en referencia al gobierno peronista, decía lo
siguiente:
“…Esta opresión innoble
sólo ha servido para el auge de la corrupción y para la destrucción de la
cultura y la economía, de todo lo cual es símbolo tremendo el incendio de los
templos y los sacrosantos archivos de la patria, el avallasamiento de los
jueces, la reducción de la Universidad a una burocracia deshonesta y la trágica
encrucijada que compromete el porvenir de la República contra la entrega de sus
fuentes de riqueza (diario “La Nación”, septiembre 23 de 1955m página 1)”.
Cualquier coincidencia con los
discursos y las acciones de actual Gobierno y de las decisiones de algunos
sectores del Poder Judicial, no es casualidad.
La historia de dieciocho años de
proscripción, lo acontecido en dicho período histórico y finalmente el retorno
de Perón al país para ejercer su tercera presidencia me eximen de mayores
comentarios.
2) En el año 1976, la dictadura
genocida más sangrienta de nuestra historia siguió idéntico camino respecto de
las autoridades constitucionales que habían sido derrocadas y de dirigentes que
ni siquiera formaban parte de ese Gobierno, es más, algunos eran fuertes
opositores al mismo. De esa manera truncaron el proceso democrático impidiendo
las elecciones nacionales presidenciales que ya habían sido convocadas. Al
momento del Golpe, Argentina era un país industrial donde la participación de
los trabajadores en el Producto Bruto Interno era casi del 50% y el
endeudamiento externo era sumamente bajo y no implicaba condicionamiento
alguno.
Así, el 21 de octubre de 1977,
en el ámbito del Ministerio del Interior, se creó la tristemente célebre
“Comisión Nacional de Responsabilidad Patrimonial” (CONAREPA) que incautó no
sólo propiedades y bienes correspondientes a la funcionarios del gobierno
derrocado, sino también a empresarios, dirigentes políticos y sindicales, todos
ellos detenidos exclusivamente por motivos políticos. Eso si, bajo la pátina,
siempre conveniente y mediática, de lucha contra la corrupción
También, de manera no menos
lamentable, se registran precedentes judiciales que avalaron las ominosas
conductas descriptas. Es imperioso señalar que la participación del Poder
Judicial siempre se convierte en condición “sine quanon” para este tipo de
prácticas. En este sentido, un ejemplo paradigmático es el caso de “Papel
Prensa”. En el mismo, todos los bienes de la familia Graiver pasaron a ser
administrados por la referida CONAREPA, bajo la mirada complaciente de los
jueces de aquellos años y la inactividad de los jueces de hoy. Ha pasado mucho
tiempo y todavía los delitos de lesa humanidad cometidos en contra de la
familia Graiver se encuentran sin recibir el correspondiente castigo.
Hace pocos días se cumplieron 40
años de lo que fue el Proceso “Moralizador” del 24 de marzo de 1976. Su saldo
trágico en materia de violación de DD.HH., endeudamiento, desindustrialización,
financierización de la economía, aún lo estamos pagando en el sentido más
literal del término.
Los antecedentes mencionados
ayudan a comprender que lo que sucede en la actualidad debe ser inscripto en un
contexto político e institucional que se ha repetido a lo largo de nuestra
historia: los avances y retrocesos que en materia de derechos y bienestar han
sufrido en el pasado y vuelven a sufrir hoy los argentinos.
Precisamente por el valor
histórico de los expedientes, registros, actuaciones y toda otra documentación
de la infausta CONAREPA, como Presidenta de la Nación dispuse su traslado al
Archivo Nacional de la Memoria, como ejemplo de un pasado que no queremos
repetir.
3) Sin embargo, una vez más la
historia se repite y el pasado vuelve a atrapar a los argentinos:
endeudamiento, devaluación, despidos, persecuciones políticas, tarifazo en
servicios públicos esenciales e indispensables, estampidas imparables de
precios, comercios cerrados, industrias en crisis, censura y cercenamiento a la
libertad de expresión, son sólo algunas de las calamidades que el nuevo
Gobierno ha provocado en apenas 120 días. Esta verdadera tragedia se convierte
en comedia cuando los rostros de quienes se quieren presentar ante los
argentinos como cruzados contra la corrupción, son los mismos que durante los
’80 y los ’90 formaron parte de la “Patria Contratista” y su apellido estuvo
indisolublemente ligado a escándalos y negociados con el Estado, ubicación de
gerentes y directivos de sus empresas en puestos claves del Gobierno, pasando
por el contrabando de autos con sociedades off shore absueltos por la “mayoría
automática”, causal de Juicio Político a miembros de la Corte Suprema, o la
estatización de la deuda de sus empresas; entre otros hechos de corrupción. No
debería entonces llamarnos la atención que hoy ilustren la primera plana de
todos los medios de comunicación internacionales, junto a otros dirigentes y
mandatarios, algunos de los cuales ya renunciaron, con cuentas y sociedades en
paraísos fiscales que les fueran descubiertas y de las que nunca le contaron a
los argentinos. El Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación presenta
el caso “Panamá Papers” en su página web bajo el título de: “Gigante fuga de
registros financieros off shore expone la matriz mundial de la delincuencia
y corrupción” (el subrayado me pertenece). Un escándalo global sin
precedentes que trata de ser ocultado, sin conseguirlo, con el remanido recurso
de denuncias y despliegue de mediáticas acciones judiciales.
Es que el que el Plan de Ajuste
y Miseria vuelve a requerir una vez más, de la difamación y la calumnia para su
implementación, bajo el mismo pretexto de que los dirigentes que defendieron y
defienden los intereses populares y nacionales son corruptos sin remedio. Esta
metodología no sólo es claramente visible en nuestro país, sino que se replica
a escala regional como una matriz diseñada por expertos de otras latitudes.
La causa en la que aquí presto
declaración y otras que se agigantan por los medios de comunicación
concentrados, son un ejemplo lamentable de lo que vengo diciendo, a punto tal
que a los propios medios extranjeros, que denunciaron a escala global el
escándalo de “Panamá Papers”, les llama la atención el tratamiento que recibe
el Presidente Mauricio Macri, implicado en el caso, y lo compara con el
tratamiento que hubiera recibido quien suscribe, de haber sido la involucrada.
Sostiene el diario alemán “Süddeutsche Zeitung” –periódico que dió a conocer a
nivel global el “Panamá Papers”- que de haber sido la Presidenta Cristina
Fernández de Kirchner la involucrada, todos le hubieran pedido la renuncia en
forma inmediata (www.sueddeutsche.de/politik/panama-...).
III.
Manifiesta.
1) Luego de ser informada acerca
de los hechos que se me pretende imputar, entiendo y confirmo claramente que
sólo a través de un ejercicio abusivo del poder jurisdiccional esta causa pudo
ser llevada adelante.
En primer lugar, cabe señalar
como algo absolutamente novedoso y sorprendente en términos judiciales, que
haya sido citada a prestar declaración indagatoria cuando no existe ninguna
mención, y mucho menos imputación en mi contra, ni en la denuncia efectuada por
los Legisladores oficialistas Negri y Pinedo, ni tampoco por parte del fiscal
interviniente o que surja, al menos, de la prueba recibida.
Es más, una simple lectura de
los elementos de convicción a los que el juez hace expresa referencia en el
auto de fs. 367/368, muestra que mi convocatoria a declarar es un prevaricato
de V.S. en los términos previstos por el art. 269 del Código Penal.
Concretamente, la resolución
dictada resulta contraria a la ley y fundada en hechos absolutamente falsos;
así quedará acreditado en la esfera judicial competente.
En segundo término, tampoco se
ha respetado en el caso el debido principio acusatorio y de congruencia que
debe existir entre el hecho por el que se ha habilitado esta investigación y el
que se me ha imputado.
Concretamente se habla de la
existencia de un grupo de funcionarios que, de manera organizada, sistemática y
concertada, llevamos a cabo acciones de carácter político, técnico y
administrativo con supuestos propósitos delictivos, que no fue ni denunciado
por los Legisladores oficialistas ni requerido por el Fiscal.
Esta hipótesis de asociación
ilícita, construida capciosamente por el magistrado, es otra muestra de la
arbitrariedad con que ha procedido y revela además la intención del Gobierno
con la colaboración imprescindible del Poder Judicial de “plantar”, a quien
suscribe, una causa penal que me prive de la libertad.
Como ya lo he dicho públicamente
y reitero una vez más: no les tengo miedo. Afrontare este proceso y cualquier
otro que quieran fabricarme. Fue decisión explicitada públicamente no tener
fueros que me hubieran colocado en una posición de privilegio en relación a la
de cualquier otro ciudadano. La igualdad nunca fue, para mí, un recurso
retórico.
En tercer término, y desde un
plano estrictamente jurídico tal como lo han explicado cada una de las personas
imputadas que declararon en esta causa, las operaciones investigadas fueron
llevadas a cabo legítimamente por las autoridades del Banco Central de la
República Argentina, de acuerdo a la normativa vigente e inspirada en los
propósitos de su Carta Orgánica, es decir, promover, en las medidas de sus
facultades y en el marco de las políticas establecidas por el gobierno
nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el
desarrollo económico con equidad social (art. 3).
Hago propios todos y cada uno de
los argumentos que vertieran en este expediente el Sr. Ex Ministro de Economía
Dr. Axel Kicillof y los Sres. ex Presidente y ex Vicepresidente del B.C.R.A.
Alejandro Vanoli y Miguel Angel Pesce, así como también los de los Directores y
ex Directores de la misma institución, que han actuado en un todo de acuerdo
con lo que prescribe la Ley 24.144, Carta Orgánica del B.C.R.A. en su Capítulo
Primero, que tiene por objeto definir la naturaleza y el objeto de la
Institución, en sus artículos 1, 2, 3 y 4, como así también el resto de las
disposiciones de dicho instrumento, que como es de estricta hermenéutica
legislativa deben ser entendidos y comprendidos en el marco de las definiciones
estructurales de la norma.
Resulta insoslayable señalar que
mi administración siempre buscó desarrollar una gestión de gobierno que
protegiera el valor de la moneda, ya que su depreciación produciría los efectos
más desfavorables sobre la actividad económica en general.
Puede afirmarse que, por lo
menos en este capítulo no nos hemos equivocado y las consecuencias están a la
vista.
Desde diciembre de 2015 a la
fecha la estampida imparable de los precios, la desocupación, el aumento de la
pobreza y la caída de la actividad económica y comercial, tiene indudablemente
puntos de convergencia con los efectos de una “maxidevaluación” llevada a cabo
por las autoridades del gobierno actual de manera brutal. El Gobierno no cuida
a los argentinos. Tampoco parece preocuparse por ellos, ni por el dolor, angustia
e incertidumbre que hoy están viviendo.
En quinto lugar, todo lo que se
ha dicho en la denuncia acerca de graves perjuicios para el Banco Central y
beneficios indebidos para terceros inescrupulosos resultaron ser simples
manifestaciones electoralistas a las que se les dio cobertura mediática
mediante la sustanciación de esta causa.
Adviértase que a requerimiento
del actual Presidente del B.C.R.A. el Juez de la causa, en dos oportunidades
manifestó que no había ninguna medida restrictiva ordenada que impidiera el
pago de los contratos que se investigan. Cabe preguntarse entonces ¿Cómo puede
ser que se impute la comisión de un delito cuya supuesta consumación ha sido
autorizada por el mismo magistrado a cargo de esta investigación?
Por otro lado, también se debe
destacar que ninguno de los supuestos “terceros enriquecidos ilegítimamente”
por la operatoria del dólar futuro, tan siquiera fueron individualizados ni
mucho menos citados a este proceso. No hay en este sentido actividad procesal
alguna siquiera que insinúe esa línea de investigación. Me pregunto: -¿Será tal
vez que puedan encontrarse con algún conocido que quieren mantener alejado de
esta investigación y no seguir sufriendo nuevos traspiés políticos? Podríamos
agregar como graciosa paradoja de estos “paladines de la moral” que el actual
Presidente del B.C.R.A. tiene procesamiento firme por delitos económicos con
motivo, nada más ni nada menos, que en la “operación” de endeudamiento conocida
como “Megacanje”. Huelgan los comentarios.
Por si todo ello fuera poco, en
los últimos días, hechos que son de dominio público muestran como los
principios morales que tanto se predican resultan ser sólo un mero ejercicio
distractivo y justificativo del ajuste, que ha quedado sepultado en el
escándalo internacional de un Gobierno cuyo Presidente, sus familiares más
directos y sus funcionarios más allegados quedan al descubierto como titulares
de sociedades y cuentas off shore, que en otras latitudes ya han provocado
renuncias hasta de Primeros Ministros. En suma, se trata de un conjunto de
personas que, según los parámetros que V.S. ha elegido para imputarme en esta
causa, merecerían ser también investigados a la luz del supuesto delito de
asociación ilícita.
Además, y como lo han indicado
el Presidente y los miembros del Directorio del BCRA en sus declaraciones
obrantes en autos, la operación de venta de futuro de dólares no produjo en el
Banco Central, tal como lo reflejan sus balances, pérdida alguna y sólo puede
hablarse de efectos disvaliosos a partir exclusivamente de las decisiones que
tomaron las actuales autoridades al devaluar y que fueran convalidadas por el
Juez de la causa.
En definitiva, la imputación sub
litis resulta absurda tanto en términos facticos como jurídicos e ingresa en el
terreno de lo ridículo. Así lo evidencian las preguntas “inquisidoras” que V.S.
le ha formulado a alguno de los imputados, con la intención de tornar
justiciables hechos de contenido estrictamente político -terreno en el que el
juez se movió con muy poco éxito en sus cargos anteriores-, demostrando también
el mismo grado de incompetencia que registra en este tipo de materias técnicas.
La fuerza de los hechos es
contundente. Primero dieron inicio a esta causa mediante una falsa denuncia que
el Juez rápidamente instruyó. Dos días antes de la segunda vuelta de las
elecciones nacionales, llevaron a cabo un allanamiento en el B.C.R.A. con el
propósito de originar una corrida bancaria para forzar la devaluación y no lo
lograron.
Después de los resultados
electorales, en contra de lo que públicamente siempre sostuvieron, presionaron
con esta causa, y de otras maneras, para obtener la renuncia del Presidente del
B.C.R.A., borrando con el codo la independencia que debe tener el B.C.R.A.
sobre la que escribieran y dijeran en múltiples conferencias y sets de
televisión.
Una vez designadas las nuevas
autoridades del ente rector, llevaron a cabo una devaluación de la moneda que,
como se vió, produjo efectos devastadores sobre la economía.
Por último y nuevamente con la
complicidad judicial, avanzaron con esta causa imputando falsamente a personas
inocentes la comisión de delitos, los cuales de haber existido, resultarían
exclusiva responsabilidad de las actuales autoridades.
En síntesis: ellos denunciaron,
intentaron con una “corrida judicial” una devaluación, forzaron la salida del
Presidente del B.C.R.A., devaluaron y ahora, con la complicidad judicial,
pretenden colocarnos ante la opinión pública como culpables de los efectos de
las medidas y decisiones que ellos adoptaron.
Finalmente el Gobierno de las
excusas -como todo en la vida- tiene un límite: la responsabilidad de los
propios actos y el juicio inevitable de la historia.
IV.-
Petitorio.
Por todo lo expuesto, a V.S. digo:
1) Se tenga por efectuada la
presente manifestación a los efectos que corresponda.
SERÁ JUSTICIA.
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