miércoles, 9 de febrero de 2011

Estudio de Impacto Ambiental Central Termoeléctrica a



“Estudio de Impacto Ambiental Central Termoeléctrica acarbón Río Turbio, Santa Cruz”


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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
CENTRAL TERMOELÉCTRICA A CARBÓN
RIO TURBIO, SANTA CRUZ
INFORME FINAL
DOCUMENTO SÍNTESIS
INDICE
1. INTRODUCCIÓN 4
1.1 NATURALEZA Y OBJETIVOS DEL PROYECTO 4
1.2 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO 4
1.3 OBJETIVOS Y ALCANCES DEL ESTUDIO 5
2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 6
2.1 TRANSPORTE Y ACONDICIONAMIENTO DEL CARBÓN 8
2.2 EMISIONES GASEOSAS 9
2.3 UTILIZACIÓN DE AGUA PARA EL PROCESO Y VERTIDO DE EFLUENTES LÍQUIDOS. 10
2.4 GENERACIÓN DE CENIZAS 11
2.5 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN 13
3. MARCO LEGAL Y NORMATIVO 16
4. LÍNEA DE BASE AMBIENTAL 27
4.1 ÁREA DE ESTUDIO 27
4.1.1 Área de Influencia directa 27
4.1.2 Área de afectación directa 27
4.2 MEDIO FÍSICO 29
4.2.1 Características Climáticas 29
4.2.2 Calidad del Aire 29
4.2.3 Geología 29
4.2.4 Edafología 30
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4.2.5 Hidrología 31
4.2.6 Hidrogeología 33
4.3 MEDIO BIÓTICO 33
4.3.1 Flora 33
4.3.2 Fauna 34
4.3.3 Áreas Naturales Protegidas y Paleontología 35
4.4 MEDIO ANTRÓPICO 35
4.4.1 Aspectos Sociodemográficos 35
4.4.2 Conformación y Desarrollo Histórico de los Asentamientos 36
4.4.3 Aspectos Territoriales 37
4.4.4 Aspectos Económicos 37
4.4.5 Infraestructura 38
4.4.6 Percepciones sobre el Proyecto 39
4.4.7 Patrimonio Arqueológico, Histórico y/o Cultural 39
4.5 IDENTIFICACIÓN DE PASIVOS AMBIENTALES 40
5. ANÁLISIS DE SENSIBILIDAD AMBIENTAL 40
6. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 43
6.1 INTRODUCCIÓN 43
6.2 MODELOS Y ESTUDIOS ESPECÍFICOS 43
6.2.1 Modelo de Dispersión Atmosférica 43
6.2.2 Modelación Matemática de Calidad de Agua 46
6.2.3 Modelación de propagación Acústica 48
6.2.4 Estudio Ecotoxicológico 50
6.3 COMPARACIÓN Y EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LAS ALTERNATIVAS 52
6.3.1 Caracterización de las Alternativas 52
6.3.2 Comparación de las Acciones del Proyecto entre Alternativas 53
6.3.3 Evaluación ambiental de las Alternativas de localización 55
6.4 IDENTIFICACIÓN, VALORACIÓN Y JERARQUIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 58
6.4.1 Identificación de impactos ambientales 58
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6.4.2 Caracterización de los impactos ambientales 62
6.4.3 Valoración de los impactos ambientales 63
7. MEDIDAS AMBIENTALES 68
7.1 MEDIDAS DURANTE LA FASE DE CONSTRUCCIÓN 68
7.2 MEDIDAS DURANTE LA FASE DE OPERACIÓN 70
8. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL 74
8.1 FASE PREPARATORIA 77
8.1.1 Programa de Gestión Ambiental Estratégica 77
8.1.2 Programa de Inserción Territorial 78
8.1.3 Programa de Preparación y Saneamiento del Predio 79
8.2 FASE CONSTRUCCIÓN 81
8.2.1 Programa de Minimización de Impactos Ambientales 81
8.2.2 Programa de Manejo de Residuos Sólidos, Líquidos y Gaseosos 82
8.2.3 Programa de Manejo de Riesgos 83
8.2.4 Programa de Monitoreo Ambiental 84
8.3 FASE OPERACIÓN 85
8.3.1 Lineamientos del Programa de Gestión Ambiental. 85
8.3.2 Lineamientos para el Manejo y Disposición de Cenizas. 86
8.3.3 Lineamientos del Programa de Manejo y Acopio de Insumos. 86
8.3.4 Programa de Manejo de Residuos Sólidos, Líquidos y Gaseosos 86
8.3.5 Programa de Monitoreo Ambiental. 86
8.3.6 Lineamientos del Programa de Manejo de Riesgos 87
8.3.7 Lineamientos del Programa de Información y Participación 87
8.4 FASE ABANDONO 87
9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 88
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1. INTRODUCCIÓN
1.1 NATURALEZA Y OBJETIVOS DEL PROYECTO
1 El diseño del proyecto de instalación y construcción de la Central Térmica a Carbón Río Turbio,
localizada en la localidad homónima, en la provincia de Santa Cruz, se encuentra a cargo de la
Unión Transitoria de Empresas (UTE) conformada por ISOLUX INGENIERÍA S.A., GHESA
INGENIERÍA Y TECNOLOGÍA S.A. Y TECNA ESTUDIOS Y PROYECTOS DE INGENIERÍA
S.A., que resultara adjudicataria del llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional (Nº
12/2006; Exp. Nº 409692/2006), por parte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios de la República Argentina.
2 El proyecto consiste en una central de generación de energía eléctrica convencional, en base a
un sistema de combustión de carbón en lecho fluidizado, con una potencia ISO en servicio base
de 240 MW (dos módulos de 120 MW). El mismo se realiza bajo la modalidad llave en mano, con
un presupuesto oficial de $1.506.931.200.- y un plazo de 42 meses. Se prevé la conexión
eléctrica al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) por medio de una Estación
Transformadora a construirse en la misma central y el tendido de un Línea de Alta Tensión
(LAT).
3 La Central Térmica a carbón Río Turbio (CTRT) es un proyecto considerado estratégico a escala
nacional, regional y local. Por un lado, la CTRT además de constituir un importante aporte a la
generación eléctrica a escala nacional (240 MW de potencia), junto a otros proyectos de
generación hidroeléctrica (i.e., Condor Cliff y la Barrancosa sobre el Río Santa Cruz), justificarán
la extensión del sistema interconectado nacional hasta esas latitudes. Por otro lado, y tal como
es reconocido en la localidad de Río Turbio desde su misma fundación, la CTRT posibilitará
incrementar el valor agregado a la producción minera de Yacimientos Carboníferos Río Turbio
(YCRT; principal insumo para la CTRT), mejorando su ecuación económica, incrementando su
estabilidad a largo plazo, y potenciando el desarrollo industrial de la región.
4 Como las normativas ambientales vigentes en la provincia de Santa Cruz exigen que la CTRT
deberá operar bajo un sistema de gestión ambiental certificado, se estima que ello redundará en
mejoras sustanciales en el desempeño ambiental de sus proveedores (incluyendo a la propia
empresa minera, YCRT). Finalmente, una adecuada gestión ambiental de la CTRT es
compatible con otras actividades económicas en la región (producción agropecuaria, turismo),
por lo que contribuye a un desarrollo sustentable de la misma.
1.2 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
1 En los últimos años, y a partir de la recuperación de la economía argentina desde el año 2001,
se ha incrementado el consumo de energía que, por falta de un programa de inversiones
adecuado a ese crecimiento, ha tenido que ser importada periódicamente. Bajo este escenario la
conformación de una matriz energética distribuida en distintas fuentes de generación, favorece el
mantenimiento de una oferta adecuada a un precio razonable.
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2 La capacidad instalada del Mercado Eléctrico Mayorista de la Patagonia (MEMSP) es de 777
MW, contando actualmente con las Centrales Térmicas Patagonia, Comodoro Rivadavia, Pico
Truncado I y II y las Hidroeléctricas Futaleufú y Ameghino. De ellos, un 67% es de tipo
Hidroeléctrico y un 33% se genera a través de Centrales Térmicas de Turbina a Gas o Ciclo
Combinado. La CTRT representa un 31% de ampliación de la generación actual, y la duplicación
de la capacidad de generación térmica actual. Como prioridad de inversión nacional se ha
definido la necesidad de extender el Sistema Interconectado a la Patagonia a través de la
construcción de Líneas de Alta Tensión que unan las ciudades de Pico Truncado con Piedra
Buena, Río Gallegos, Esperanza, Río Turbio y El Calafate.
3 El carbón es una de las fuentes de energía más importantes del mundo, con la que se produce
casi un 40% de la electricidad mundial. El uso del carbón supone la emisión de contaminantes a
la atmósfera como SO2, NOx y material particulado. En este sentido se han desarrollado
tecnologías de utilización del carbón tendientes a minimizar dichos efectos. Estas tecnologías
tienden a reducir las emisiones mientras aumenta la cantidad de energía obtenida por tonelada
de carbón. Una más eficiente pulverización del carbón favorece el mejor rendimiento energético
de éste y la captura de componentes nocivos como el azufre, durante la propia combustión.
Por otra parte, la implementación de filtros manga favorecen la retención de partículas en la
corriente de los gases, previa a su emisión a la atmósfera. A partir de la aplicación de estos
sistemas de retención, entre 1988 y 2003, se redujeron las emisiones mundiales de particulado
en un 85% mientras que se produjo un incremento en la electricidad generada del 56% (datos a
nivel mundial).
1.3 OBJETIVOS Y ALCANCES DEL ESTUDIO
1 El objetivo general de los Estudios Ambientales en ejecución por parte del equipo de trabajo de
Serman & Asociados S.A, es la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA); incluyendo
el Plan de Gestión Ambiental de la Construcción (PGA-Construcción); y los Lineamientos del
Plan de Gestión Ambiental de la Operación (PGA-Operación), de la Central Termoeléctrica a
Carbón a ser instalada en el Municipio de Río Turbio (Provincia de Santa Cruz, R. Argentina).
2 El objetivo del EIA es la identificación y valoración de las posibles consecuencias ambientales
del mencionado proyecto tendiente a minimizar los impactos ambientales negativos y potenciar
los positivos con el objeto de mejorar el desempeño ambiental del mismo, tomando en
consideración la legislación ambiental nacional y provincial, y verificando el cumplimiento de los
requisitos internacionalmente aceptados en cuanto a parámetros de emisión e inmisión de gases
y vertido de efluentes líquidos.
3 Es importante remarcar que tanto las características generales del proyecto (central de
generación convencional en base a carbón en lecho fluidizado con una potencia de 240 MW),
como su ubicación geográfica (en la localidad de Río Turbio), han sido definidas previamente al
inicio de este EIA (en el mismo pliego de licitación). En consecuencia, y respondiendo a los
Términos de Referencia, en este EIA se ha incluido formalmente la evaluación de alternativas
de:
localización del proyecto en Río Turbio, en dos posibles predios (no estando dentro del
alcance del estudio la evaluación de otras localidades); y
alternativas tecnológicas (de equipos, de operación, etc.), correspondientes a una central
de ciclo abierto con turbina a vapor a base de carbón en lecho fluidizado.
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4 La elaboración del EIA se realiza en un todo de acuerdo a los términos descriptos en la Ley
Provincial Nº 2.658 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario 007/06. En
este contexto, y considerando las prácticas desarrolladas en todo el mundo, el EIA incluye los
siguientes componentes:
Descripción del Proyecto: constituye una síntesis de las principales características de
proyecto y un análisis de las acciones susceptibles de generar impactos ambientales.
Marco Legal y Normativo: constituye una síntesis del contexto institucional y normativo
del proyecto, definiendo el ámbito de responsabilidades, derechos y obligaciones en el cual se
desarrolla el proyecto y los requerimientos ambientales específicos para su habilitación y
licenciamiento.
Línea de Base Ambiental: constituye una síntesis diagnóstica ambiental (incluyendo
los aspectos del medio natural, construido y socioeconómico) del área de influencia directa e
indirecta previa a la implantación del proyecto.
Identificación y Valoración de Impactos Ambientales: surge como resultado del análisis
de las relaciones causales entre las acciones del proyecto y los factores del medio
involucrados. Incluye una evaluación de las alternativas de localización del proyecto, la
caracterización y valoración de los impactos ambientales según distintos criterios (carácter,
intensidad, extensión, reversibilidad, permanencia, etc.) y la jerarquización de los mismos
según su criticidad ambiental.
Elaboración de Medidas Ambientales: para cada fase del proyecto (construcción u
operación), tendientes a prevenir, minimizar, controlar o compensar los impactos ambientales
negativos identificados precedentemente, así como potenciar los impactos positivos del
proyecto.
Elaboración del Plan de Gestión Ambiental (PGA): el PGA tiene por objeto organizar la
implementación en tiempo y forma de las medidas ambientales, prevenir las consecuencias
ambientales de eventos extraordinarios (contingencias ambientales), organizar la estrategia y
el proceso de comunicación e información ambiental, así como el monitoreo ambiental basado
en un conjunto estructurado de indicadores ambientales. En este estudio se desarrolla en
profundidad el PGA correspondiente a la fase de construcción (incluyendo los distintos
programas generales y específicos), y se elaboran los lineamientos del PGA para la fase de
operación.
2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Como se mencionó previamente, la potencia de diseño de la Central es de 240 MW compuesta por
dos módulos de 120 MW. Cada módulo consta de un generador de vapor (caldera), una turbina y un
generador eléctrico.
La generación de energía eléctrica se basa en el funcionamiento de dos turbinas de vapor que
movilizan dos generadores eléctricos que alimentan la estación transformadora que abastecerá al
Sistema Interconectado Nacional.
El combustible de diseño corresponde al carbón mineral extraído del Yacimiento Río Turbio, con el
cual se alimenta al generador de vapor. Para el abastecimiento del combustible el yacimiento deberá
aumentar en cinco veces, aproximadamente, su explotación actual.
El sistema de caldera se basa en la tecnología de lecho fluidizado que permite generar una mezcla
turbulenta en el proceso de combustión favoreciendo una reacción química más eficiente de sus
componentes y una mayor transferencia de calor.
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El objetivo de la implementación de este tipo de tecnologías radica en la mejora de los procesos de
combustión y en el control de la composición de los gases generados en el mismo. De esta manera
se evita la disposición de equipos para el tratamiento de los gases antes de ser liberados a la
atmósfera, o sea, limita el uso de lavadores de gases y sistemas de oxido-reducción.
Por ejemplo, al controlar la temperatura de combustión en la cámara (850 – 900 ºC) y la presión
interna, se minimiza la generación de óxidos de nitrógeno, ya que para ello se necesitan
temperaturas de quemado más elevadas (1300-1400 ºC temperatura a la cual se favorece la
asociación entre oxigeno y nitrógeno para generar óxidos).
Por otra parte la fluidización del medio en el cual se lleva a cabo la combustión favorece la absorción
de los compuestos de azufre a través de la incorporación de sustancias afines como la piedra caliza
(cal). A través de este sistema de lecho fluidizado, se puede retener en el sorbente cerca del 95% del
contenido de azufre del carbón.
Como referencia se considera el Programa de Tecnologías Limpias del carbón que lleva adelante el
Departamento de Energía de los Estados Unidos (EE.UU.).
En el sistema a ser implementado y como control de emisiones desde la combustión, se incorpora
caliza, para propiciar procesos de desulfuración y amoníaco en solución acuosa para la reducción
selectiva no catalítica de los óxidos de nitrógeno generados.
Otro aspecto ambiental fundamental derivado del proceso de combustión del carbón, corresponde a
la generación de cenizas, polvos y material particulado arrastrado por el flujo de gases de escape.
El sistema incorpora distintos equipos para el control y remoción de los particulados, dependiendo de
su dimensión. Así, del lecho de combustión se extraen las cenizas de mayor diámetro, del separador
de sólidos las partículas más pesadas y del sistema de filtros de manga los polvos más finos.
Adicionalmente, se controla en la emisión por chimenea la concentración de material particulado total
y respirable (PM10) liberado a la atmósfera.
El volumen total de cenizas producido por el sistema de combustión del carbón corresponde al
porcentaje de cenizas del carbón utilizado más el adicional de cal incorporado para la retención de
azufre (aproximadamente un 40% del carbón utilizado más el consumo de cal).
El combustible: carbón.
En términos de caracterización del combustible, el carbón presenta los siguientes componentes, de
acuerdo a los resultados de análisis desarrollados para este EIA:
Parámetro Método de análisis Unidad de
medida
Determinación en el carbón
mineral (protocolo Q Lab 69363)
Mercurio ASTM D 3684 mg/kg < 0,8
Aluminio ASTM D 5056/ 95 mg/kg 12.200
Calcio ASTM D 5056/ 95 mg/kg 1.300
Hierro ASTM D 5056/ 95 mg/kg 1.650
Níquel ASTM D 5056/ 95 mg/kg < 5,0
Sodio ASTM D 5056/ 95 mg/kg 1.970
Vanadio ASTM D 5056/ 95 mg/kg < 100
Azufre total ASTM D 3177-02 % p/p 1,34
Ver protocolo de análisis en Anexo IV (Laboratorio Grupo Induser S.R.L, Abril 2008)
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Como se puede observar el componente fundamental es el aluminio. Asimismo, en los ensayos
realizados por el proveedor de la caldera, se evidencia una proporción significativa de sílice. En
cuanto al Mercurio, se encuentra por debajo de los límites de la técnica analítica, por cuanto se
estima, que de acuerdo a estos resultados, sólo podría encontrase como componente traza en el
carbón.
Por otro lado, se han llevado a cabo ensayos de radioactividad del carbón, bajo de la determinación
de radiación alfa, beta y gamma, derivadas de una serie de radionucléidos.
En este sentido, los resultados obtenidos, muestran que los niveles de concentración de actividad
medida en el carbón mineral transformado a Bq/g se encuentran muy por debajo de los niveles de
exención para cada radionucléido.
Asimismo, la actividad a desarrollarse queda exenta de la regulación por parte del ENREN en cuanto
a las normas nacionales de seguridad radiológica.
Finalmente, se han comparado los resultados de las mediciones de radiactividad de los emisores
gamma, beta y alfa del carbón mineral de la mina de Río Turbio con los niveles de exención que
establece la OIEA pudiéndose constatar que los niveles medidos se encuentran muy por debajo de
los niveles de concentración para cada uno de los radionucléidos.
En este sentido se puede aseverar que el carbón mineral a ser utilizado no posee actividad
radiológica que deba ser regulada o que puedan poner en riesgo a la población.
El proceso de generación de energía eléctrica a partir de la combustión de carbón (turbina a
vapor).
El proceso concierne distintos aspectos significativos para la evaluación ambiental, no sólo en
términos de la combustión del carbón, sino de todas aquellas acciones vinculadas con su manejo y a
la generación y disposición de la principal corriente de residuos (las cenizas).
Uno de los más importantes es el transporte, acondicionamiento físico y almacenamiento del
combustible para ser incorporado al sistema, aspecto relevante en cuanto constituye volúmenes
importantes de material a ser gestionado.
Los principales aspectos ambientales del proyecto refieren a los siguientes procesos:
Transporte y acondicionamiento del carbón.
La emisión de gases y material particulado a la atmósfera como consecuencia de la
combustión del carbón para la generación de vapor.
Utilización de agua de procesos para la alimentación del sistema.
Generación de efluentes líquidos.
Generación de cenizas.
2.1 TRANSPORTE Y ACONDICIONAMIENTO DEL CARBÓN
El combustible de abastecimiento para la central será provisto en Bocamina 5 por Y.C.R.T
(Yacimientos Carboníferos Río Turbio). Desde la pila dispuesta en este emplazamiento, el carbón se
transporta cerca de 2 km a través de cintas transportadoras cerradas y controladas, de forma tal de
evitar la dispersión del carbón por acción del viento.
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A lo largo del transporte del carbón se llevan a cabo una serie de acondicionamientos de dimensión,
en distintas torres de transferencia que también se encuentran cerradas y controladas para evitar la
emisión de polvos y material particulado a la atmósfera.
Una vez en el predio de la planta, el carbón es acopiado en dos pilas dispuestas especialmente para
este fin.
Una pila mayor de 61.000 m3 (dimensiones: 215 m de largo, 40 m de ancho y 15,6 m
de alto).
Una pila menor de 39.000 m3 (dimensiones: 145 m de largo, 40 m de ancho y 15,6 m
de alto)
Ambas pilas almacenan carbón de dimensiones menores o iguales a 50 mm.
Estas pilas pueden encontrarse a la intemperie o cubiertas. En el primer caso, se dispondrá de un
sistema de captación y tratamiento de lixiviados y excedentes líquidos de forma tal de ser
reutilizados, luego de una separación primaria, en los procesos de regado de las pilas.
Finalmente, bajo el sistema de transporte diseñado, no se espera se registren emisiones de material
particulado a la atmósfera. Salvo en el caso de la situación de pilas descubiertas, a partir de las
cuales se analizará la incidencia de la acción del viento sobre las mismas (voladuras), tanto sea para
las áreas sensibles cercanas como por la incidencia de los depósitos en el cuerpo de agua principal.
2.2 EMISIONES GASEOSAS
Las emisiones gaseosas se dan como resultado de la combustión del carbón en lecho fluidizado.
Las incorporaciones de distintos aditivos e insumos como la cal y el amoníaco en base acuosa,
favorecen la retención de azufre y controlan la generación de óxidos de nitrógeno.
Por otra parte, el sistema de evacuación de los gases presenta equipos de retención de partículas y
polvos, tendientes a controlar la emisión de los mismos (filtros manga).
De esta forma y de acuerdo a las especificaciones técnicas del sistema y a los niveles de eficiencia a
de la caldera, se han previsto como concentraciones de emisión las siguientes:
Nox (límite máximo de emisión) 200 mg/ Nm3 6% O2 seco
SO2 (límite máximo de emisión) 200 mg/ Nm3 6% O2 seco
PM10 (límite máximo de emisión) 30 mg/ Nm3
Los límites superiores de emisión establecidos por la Secretaría de Energía y por la Secretaría de
Minería de la Nación (Resolución SEyM 108/2001) para Centrales Térmicas de Generación de
Electricidad que utilizan carbón mineral como combustible de caldera, se presentan en la siguiente
tabla.
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Tabla 1. Límites de emisión establecidos por el ENRE
Contaminante
Límite de emisión
(mg/Nm3)
Óxidos de nitrógeno (NOx) 900
Dióxido de azufre (SO2) 1700
Material particulado total (MPT) 120
Temperatura (T) = 0ºC y presión (P) = 1atm.
Como se puede observar las emisiones determinadas en el diseño de la Central, se encuentran muy
por debajo de las reguladas por la Autoridad de Aplicación.
Por otro lado, el Decreto Nº7/2006 de la Provincia de Santa Cruz estipula un nivel máximo de
emisiones de óxidos en nitrógeno de 120 g/s, para una chimenea de 30 m de altura. En este sentido,
las emisiones de este gas que se prevé serán generadas por la planta (44,18 g/s), no superan el
límite propuesto en el mencionado decreto.
2.3 UTILIZACIÓN DE AGUA PARA EL PROCESO Y VERTIDO DE EFLUENTES LÍQUIDOS.
El sistema diseñado no prevé la utilización de agua como refrigerante, sino que la condensación del
vapor se lleva a cabo a través de un aerocondensador, cuyo medio de enfriamiento lo constituye el
aire.
El agua a ser utilizada en la planta corresponde a la reposición del sistema industrial, cuyas pérdidas
se dan por purgas y al abastecimiento general de la Central.
Según el balance general presentado, se estima una extracción permanente de agua para reposición
de purgas, pérdidas y venteos, que será mínima respecto del total utilizado para la generación de
vapor.
Abastecimiento continuo, durante la operación para
reposición de agua de proceso (reposición por purgas
y pérdidas del sistema)
18 m3/ h
Abastecimiento continúo de agua para servicios de
personal, sanitarios y generales de planta. 6 m3/ h
Los efluentes tendrán un caudal de 18,5 m3/h, y serán vertidos al cuerpo de agua superficial, previo
tratamiento y cumplimentando con los parámetros estipulados en las normativas provinciales
vigentes.
En este sentido, en el presente EIA se lleva a cabo la Modelación Matemática de calidad de agua,
para el análisis del salto térmico y la incidencia de la incorporación de material particulado al río. Se
entiende que en función de las características del proceso y del tipo de tratamiento de los efluentes,
los aspectos más significativos del ingreso del efluente puntual corresponden a la incidencia de la
temperatura y el tramo del río que se encuentra sujeto a mezcla. Por otra parte, y en función de las
características de la zona, la voladura de carbón desde las pilas puede ser significativa, por cuanto
resulta fundamental analizar su incidencia sobre el cuerpo de agua (este análisis se lleva a cabo para
la situación de pilas descubiertas, para la cual se toma como fuente areal de aporte de material
particulado, a ambas pilas de carbón).
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2.4 GENERACIÓN DE CENIZAS
Se consideran cenizas a todos los residuos sólidos generados como consecuencia de la combustión
del carbón en el lecho fluidizado del generador de vapor, sin discriminación de granulometría o de
punto de extracción de dicho residuo en el sistema.
En este sentido, y en función de su gestión y disposición se consideran dentro de esta categoría a los
sólidos residuales generados en los siguientes equipos:
Cenizas de grandes dimensiones generadas en la base de la caldera.
Partículas capturadas en el separador de sólidos acoplado al horno de la caldera.
Los polvos generados en los filtros manga del sistema de generación de vapor y de las torres
de transferencia y trituración del sistema de transporte y acondicionamiento de carbón.
De acuerdo al nivel de consumo de carbón para el 100% de la capacidad de funcionamiento de la
Central, se estiman la siguiente generación de cenizas:
Cenizas: parte inferior del horno (caldera) 40% del
total. 30 Tn/h
Partículas retiradas del separador de sólidos (5% del
total) 3,75 Tn/ h
Polvos del filtro manga del generador de vapor (55%
del total) 41,25 Tn/ h
Total de residuos de esta corriente generados 75 Tn/ h
Nota: no se consideran en este balance los polvos de los filtros manga del sistema de transporte y
acondicionamiento de carbón, ya que representan un volumen despreciable respecto del total de las cenizas y
polvos generados.
Todos estos residuos son movilizados a través de cintas transportadoras cerradas y estancas hasta
el almacén transitorio de cenizas. El depósito se realiza en un recinto cerrado (galpón), estanco y
deprimido con un sistema de captación de polvos, que tiene una capacidad aproximada de 25.500
Tn. para el acopio de 15 días de generación (considerando el funcionamiento permanente de la
caldera: 24 hs. diarias).
De acuerdo con los resultados de análisis previos de calcinación de carbón, las cenizas presentarían
la siguiente composición:
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Tabla 2. Composición de las cenizas del carbón como elementos y como óxidos.
Componentes en ceniza Unidad de medición Medición.
Como Elementos
Na (sodio) % 0,5
K (potasio) % 1,0
Ca (calcio) % 2,2
Mg (magnesio) % 0,8
Al (aluminio) % 13,8
Fe (hierro) % 3,1
Si (silicio) % 27,1
P (fósforo) % 0
Tl (Talio) % 0,8
S (azufre) % 1,5
Cl (cloro) % 0
Mn (Manganeso) % 0
Zn (cinc) % 0
Cu (cobre) % 0
Pb (plomo) % 0
Cr (cromo) % 0
Sn (estaño) % 0
Sb (antimonio) % 0
Co (cobalto) % 0
Ni (níquel) % 0
V (vanadio) % 0
Br (bromo) % 0
Como Óxidos
Na2O % 0,6
K2O % 1,2
CaO % 3,1
MgO % 1,4
Al2O3 % 26,0
Fe2O3 % 4,5
SiO2 % 57,9
P2O5 % 0,0
TlO2 % 1,4
SO3 % 3,8
Los valores se relacionan con el análisis de cenizas conseguido a 550º C. Resultados de ensayos realizados
Foster Wheeler (ENAS Analysis Certificate, Mayo 2007)
La composición química de las cenizas del carbón es similar a la de una arcilla. Las mismas
presentan constituyentes mayoritarios como óxidos de silicio, aluminio, hierro y calcio, en
proporciones entre 95% y 99%. Los componentes minoritarios son pequeñas cantidades de
compuestos de magnesio, titanio, potasio, fósforo, azufre y compuestos alcalinos en proporciones
entre 0,5% y 3,5%. Los elementos traza más característicos como el Ar, Be, Cd, Pb se presentan en
proporciones menores a 0,5% (Muñoz, et. al. 2006).
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En base a la información antecedente (US.EPA y la Legislación Provincial de Residuos Peligrosos), y
a la evaluación de los componentes presentes en la ceniza, las mismas no encuadran dentro de la
clasificación de residuos peligrosos.
Resulta importante mencionar que el carbón, además de carbono, oxígeno, nitrógeno y azufre
contiene multitud de elementos traza algunos de los cuales debido a su alto coeficiente de
recuperación pueden aparecer en las cenizas. En estos casos estos elementos aparecen en muy
bajas concentraciones, no alcanzando niveles considerables que hagan sensata y justificable la
clasificación de los residuos de combustión como Residuo Peligroso.
Al respecto, en un estudio realizado por Hassett, et al. (1999) sobre cenizas de carbón generadas por
combustión en lecho fluidizado, se indica que como resultado de las bajas concentraciones de los
elementos traza potencialmente perjudiciales para el ambiente, es improbable que las cenizas
representen un riesgo o amenaza al medio ambiente.
2.5 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
La construcción se llevará a cabo en un plazo de 42 meses a partir de la aprobación del EIA del
proyecto.
La estrategia de construcción, consistirá en la selección de subcontratistas principales, para la
ejecución de las siguientes tareas: Movimiento de suelos, pilotaje, Obras civiles y montaje
electromecánico.
La supervisión y dirección de los trabajos estará a cargo de la UTE con la participación de los
especialistas, proveedores y fabricantes de equipos.
El proyecto definitivo de ingeniería básica y de detalle corresponde a todos los equipos e
instalaciones, incluidas las obras civiles. Por lo tanto, el alcance del suministro por parte del
consorcio se limita a los siguientes puntos: (Fuente: Oferta Técnica. Licitación para la construcción
de la Central termoeléctrica a carbón de Río Turbio)
􀂃 Suministro del equipo, materiales e instalaciones mecánicas, eléctricas, de control y
comunicaciones de una central termoeléctrica a carbón completa.
􀂃 Transporte de los equipos, materiales e instalaciones incluidas en la Oferta desde el lugar de
fabricación o adquisición hasta el sitio de montaje de la obra.
􀂃 Gestión de importación de los equipos importados
􀂃 Almacenamiento, cuidado y manutención de todos los equipos
􀂃 Obras civiles completas incluyendo la instalación de obradores y la construcción de todos los
edificios asociados a la Central termoeléctrica.
􀂃 Montajes, pruebas y puesta en servicio de los equipos, materiales e instalaciones principales y
auxiliares.
􀂃 Entrenamiento de personal para la operación y mantenimiento de la Central.
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La generación de empleo se ha estimado en aproximadamente 1.500 puestos de trabajos, con un
pico que superaría este valor. En todos los casos, para la contratación de trabajadores se tendrá
prioridad para los santacruceños en la medida de la disponibilidad de perfiles adecuados. Una vez
construida, la planta generará puestos de trabajo de forma permanente, de manera directa e
indirecta.
Asimismo, la UTE se compromete en su oferta a colaborar con una institución universitaria para la
contribución a proyectos de desarrollo de tecnologías de combustión del carbón no contaminantes.
(Fuente: Oferta Técnica. Licitación para la construcción de la Central termoeléctrica a carbón de Río
Turbio)
A los fines del alojamiento del personal afectado a la construcción de la central, el intendente de la
Municipalidad de Río Turbio le ha propuesto al Consorcio (Isolux – Corsan) un convenio mediante el
cual la Municipalidad se compromete a ceder en comodato una serie de edificios y pabellones de la
zona, libres de moradores y garantizando el correcto funcionamiento de los servicios cloacales,
suministro de energía, agua corriente y gas natural.
No obstante, el comodato se ajusta al compromiso por parte del Consorcio de las siguientes
cuestiones;
Presentar un Proyecto de Arquitectura General del conjunto poli funcional en el cual se alojará al
personal afectado por la obra;
Comprometerse a conservar la estética histórica de los pabellones y dotarlos de colores acordes
al conjunto de edificios circundantes;
Construir una residencia de ancianos para no menos de 60 personas y personal;
Construcción de unidades habitacionales para los moradores que actualmente habitan los
pabellones, comprometiéndose a construir un máximo de 50 viviendas;
No darle otro uso que el alojamiento del personal, no subarrendarlos y/ o darles otro fin que el
previsto en el ofrecimiento;
Una vez finalizada la obra, los edificios serán devueltos en las condiciones en que se encuentren,
con sus muebles y mejoras introducidas.
Asimismo, la Municipalidad se compromete a que durante todo el período en que los pabellones sean
usados por el Consorcio, no les cobrará ningún tributo y/o tasa municipal que correspondiera.
Se considera durante un período de 42 meses de obra, alojar en el pico un total de 1.500
trabajadores, aproximadamente, distribuidos en localidades cercanas al proyecto, en grupos
designados como Campamento Grande, Campamento Chico y Predio Central Termoeléctrica, los
mismos pueden ser construcciones transitorias o permanentes.
Todos estarán equipados con los siguientes servicios:
Cocina / Comedor Salas de Recreación
Lavandería Servicios de Hotelería
Dormitorios / Baños Servicio de Mantenimiento y Limpieza
Viviendas Servicio de Seguridad
Gimnasio Policlínico y Enfermería
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La distribución del alojamiento destinado para todo el personal se dividirá de la siguiente forma:
Grupo A: comprende a todo el personal femenino necesario para tareas correspondientes a
los sectores Técnico, Administrativo y Servicios en general. Los dormitorios estarán ubicados en la
Localidad de 28 de Noviembre.
Grupo B: comprende el personal masculino de las Dirección, Jefaturas, Médicos, Visitas, Área
Técnica, Supervisores, Administrativos y Servicios Especiales. Los dormitorios estarán ubicados
en la Localidad de 28 de Noviembre.
Grupo C: comprendido por todo el personal masculino, Operarios, Contratistas y Servicios en
General, ubicados en la Localidad de Río Turbio, dentro del predio indicado como Campamento
Grande.
Grupo D: Directivos de obra y Autoridades especiales, viviendas unifamiliares. Cantidad tipo y
ubicación a definir oportunamente.
Asimismo, existirá un edificio destinado a Gimnasio en la Localidad de Río turbio y formará parte del
grupo de edificios mencionados como de tipo permanente.
Se construirán salas complementarias denominadas S.U.M. (Sala de Usos Múltiples), distribuidas en
posiciones cercanas a los edificios dispuestos como dormitorios, tanto en la Localidad de Río Turbio
como en la de 28 de Noviembre.
Se diseñarán las instalaciones necesarias para detección, alarma y extinción de incendios, aptas
para combatir en forma eficaz y oportuna un posible foco tanto en los lugares de trabajo, como en
zona de campamentos y oficinas. La misma estará constituida por extintores de incendio
seleccionados y distribuidos según norma y disposiciones vigentes y una red fija de agua con
distribución apropiada de grifos de pedestal, de acuerdo con los requisitos de la NFPA y regulaciones
aplicables del estado local y la autoridad que tiene la jurisdicción, para los edificios salvo alguna
indicación específica del Cliente.
El lugar de ubicación del edificio destinado a Policlínico y Enfermería será en PCT (Predio de la
Central Termoeléctrica), y formará parte del grupo de edificios mencionados como de tipo
permanente. Esta edificación estará acorde con los parámetros y normas nacionales de ventilación,
iluminación, hermeticidad y seguridad para los trabajadores como para los equipos y materiales de la
clínica.
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3. MARCO LEGAL Y NORMATIVO
El Capitulo 3 incorpora el Marco Institucional Normativo del proyecto, en el cual se integra un
relevamiento pormenorizado del marco legal aplicable en materia ambiental, cuyo desarrollo clasifica
independientemente las distintas jurisdicciones involucradas, integrando en cada una el análisis de
las implicancias de sus preceptos relevantes para la gestión ambiental del proyecto.
Como resultado de dicho estudio, pueden enumerarse sintéticamente los siguientes puntos
relevantes o lineamientos generales que hacen al debido y conveniente desarrollo del procedimiento
de EIA:
a. La existencia de un Acuerdo Binacional aprobado por Ley del Congreso Nacional Nº
24.105 (Tratado sobre Medio Ambiente con Chile), en el que ambos países asumen un
compromiso de proteger el ambiente y los recursos naturales mediante la realización de
acciones coordinadas y conjuntas. Atento al reparto de competencias en la materia, tanto las
jurisdicciones locales como la empresa responsable del proyecto y en lo que a su
responsabilidad incumbe respecto de los efectos y previsiones del Tratado, cumplen con
suficiente diligencia dentro del procedimiento comunicando o notificando a Cancillería
Argentina la existencia y características del proyecto. En otras palabras, la empresa agota su
responsabilidad respecto del tratado cumpliendo con la obligación de comunicar
fehacientemente el proyecto a las autoridades nacionales competentes en la aplicación del
Tratado.
b. La normativa de presupuestos mínimos ambiental nacional y la de policía ambiental
federal y local se ve incidida por el marco regulatorio del sector de la actividad energética, que
tiene como objeto especifico la policía ambiental que ejerce desde su ámbito propio en la
gestión de la actividad de la Central.
c. La Ley Provincial Nº 2.658, ha dado una solución para hacer concurrir a los distintos
niveles jurisdiccionales en el procedimiento de EIA de los proyectos, al instituir como
autoridad competente para la evaluación y aprobación a una Comisión Evaluadora que se
integra con responsables de las distintas áreas administrativas de incumbencia según los
impactos, donde pueden participar las autoridades municipales del lugar donde se sitúe el
proyecto y también aquellas autoridades del Gobierno de la Nación que resulten competentes
según la legislación nacional y/o federal. Esto resuelve, a través de su participación en la
colegiación de éste órgano, una engorrosa y burocrática cuestión: la necesidad de simplificar
los trámites para dar participación en el procedimiento a toda autoridad que por su
especialidad técnica y competencia jurisdiccional tenga por misión -en su ámbito- entender en
cada aspecto del análisis. Además, es de señalar la conveniencia y oportunidad de dar aquí
participación a los representantes municipales y a las autoridades nacionales (ENRE, SE,
Cancillería – Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, autoridades de
Parques Nacionales, etc.).
d. Participación ciudadana: atento a lo mencionado en los puntos anteriores y los
intereses involucrados, la información ambiental del proyecto debe estar a disposición del
público en los entes evaluadores a nivel local (SsMA de la Provincia de Santa Cruz –
Municipalidad de Río Turbio) y nacional (ENRE).
e. En relación a la protección del recurso aire, considerando la sensibilidad del aspecto
en el Proyecto y dado que la Provincia no posee regulación específica sobre el tema, a
excepción de la Ley Nº 1.313 que adhiere a la Ley Nacional 20.284, se han relevado diversas
normas de otras jurisdicciones y de derecho comparado internacionales a los efectos de tener
referencias comparadas de legislación ambiental considerada estricta de otras jurisdicciones.
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f. Es importante tener en cuenta la prohibición legal de disponer residuos en sitios
inundables, dado que una de las alternativas elegidas para la localización del proyecto, más
precisamente la Alternativa 1, se extiende sobre un antiguo basural. Ello representa un
posible conflicto económico-ambiental, en torno a quien es el responsable del saneamiento de
este basural.
g. Mención aparte merece la cuestión del seguro ambiental y el daño ambiental, en tanto
posee una importancia alta para el proyecto, desde lo jurídico, lo económico y la legitimación
de cara a la comunidad; y asimismo, se halla actualmente en desarrollo el marco legal de
condiciones técnicas para instrumentar su contratación.
Vale aclarar que nos referimos específicamente al cabal cumplimiento con el alcance de los
términos del artículo 22 de la Ley de presupuestos mínimos Nº 25.675 General del Ambiente
(LGA) y el régimen de daño y responsabilidad ambiental allí establecido (Arts. 27 y ss). Ello,
en tanto ha sido objeto de aforo de discusiones en torno al cumplimiento posible –actuación
diligente mediante- por parte de los actores involucrados, a tenor de los extremos que plantea
las exigencias de la letra de la ley y las reglas del arte del sector asegurador.
Sin perjuicio de ello, el mercado asegurador ya cuenta con pólizas habilitadas en plaza que
ofrecen mecanismos de garantías financieras para la cobertura de los costos de saneamiento
o recomposición frente a un reclamo de este tipo y dentro de un actuar diligente empresario.
Dado lo virgen de este campo regulatorio y su alto perfil político, existe un terreno más que
propicio para encarar modelos para la gestión del riesgo ambiental “a la medida” del consorcio
y del proyecto, satisfaciendo las exigencias legales de la LGA, sin una excesiva onerosidad
financiera.
h. Al relevamiento y análisis de las normas ambientales a nivel Nación, Provincia y
Municipalidad de Río Turbio, se ha agregado en forma independiente y en razón de las
cuestiones transfronterizas relativas, una escueta enumeración de las normas vigentes
ambientales de la República de Chile, a fin de referenciar la existencia de un marco legal
distinto y fuera de la coherencia de nuestro ordenamiento jurídico, con una estructura
institucional extraña o ajena a la nuestra y, por ende, un distinto sistema sancionatorio.
A continuación se expone un cuadro o grilla que sistematiza resumidamente la normativa ambiental
aplicable al proyecto y sus preceptos y previsiones de gestión básicas. Su sistematización se ordena
según el recurso, tema o aspecto que se tiene por objeto al señalar la norma.
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Norma / Tema Jurisdicción Autoridad de
aplicación Implicancias
Autorizaciones, permisos y
presentaciones a obtener y realizar.
Procedimientos
GENERAL
Ley 24105 Nacional – Tratado
binacional
Cancillería
Argentina
Anoticiamiento formal de la Cancillería
Argentina.
Notificación a Cancillería Argentina.
Procedimiento a determinar por ésta para
aprobación conjunta del EIA por la Comisión
binacional del Tratado de Cooperación
Ley 25675
PPMM
Nacional “Transversal” y
concurrente.
Establece un mínimo de obligaciones que
debe cumplir el proyecto y la responsabilidad
de la empresa ante el daño ambiental
resultante.
Ver a continuación
Ley 25675
EIA
Nacional
-Comisión
Evaluadora (Pcia.
Sta. Cruz)
-SEN – ENRE
(integrarían la
Comisión).
Evaluación de Impacto Ambiental:
lineamientos generales marco.
-Presentación de EsIA
-Información Ambiental del proyecto
accesible a terceros
-Realización de Audiencia Pública
-Aprobación del EIA
Ley 2658
EIA
Provincia de Santa
Cruz
Comisión
Evaluadora / SsMA
Establece la obligatoriedad del EI.
Lineamientos procedimentales y generales
-Presentación del EsIA
-Aprobación del EIA
-Obtención de la Declaración de Impacto
Ambiental (DIA)
Decreto 7/06
EIA
Provincia de Santa
Cruz
Comisión
Evaluadora/
SsMA Pcia Sta
Cruz
-Procedimientos para la tramitación y
aprobación del EIA.
-Mapa de Vulnerabilidad: encuadra el proyecto
como Categoría 3
-Proyecto de Alto Impacto Ambiental
-Presentar el EsIA con más de tres copias.
-Abonar la Tasa de Contralor contra
aprobación de la DIA.
Disp. SsMA Nº
5/02
EIA
Provincia de Santa
Cruz SsMA
Los profesionales intervinientes en el EIA
deberán inscribirse en el Registro Provincial
de profesionales que crea la norma.
Inscripción de los profesionales en el
registro.
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Norma / Tema Jurisdicción Autoridad de
aplicación Implicancias
Autorizaciones, permisos y
presentaciones a obtener y realizar.
Procedimientos
Res. SE Nº 475/87
EIA
Nacional
SEN
Obliga a la presentación de:
- Un EIA de las alternativas del proyecto y las
etapas de Inventario, prefactibilidad,
factibilidad.
-Un programa de vigilancia y monitoreo
Res 13/97
EIA
Nacional ENRE
Guía práctica de preparación de las
Evaluaciones de Impacto Ambiental
Atmosférico
Res. SE Nº149/90
y Nº154/93
PGA
Nacional SEN
Establece el Manual de Gestión Ambiental de
Centrales Térmicas Convencionales para
generación de Energía Eléctrica.
Res ENRE 555/01
PGA
Nacional ENRE
El PGA debe cumplir los Contenidos Mínimos
que establece la Guía aprobada por la
Resolución.-
-Presentar PGA ante el ENRE
-Certificar el Sistema diseñado ante
organismos especializados, como condición
de aprobación
-Posibilidad de guiarse por las normas IRAMISO
14001 y 14004
-Auditar anualmente del sistema
Ley 25675
AUDIENCIA
PUBLICA
Nacional
Es obligatoria la realización de Audiencia
pública
Decreto 7/06
AUDIENCIA
PUBLICA
Provincia de Santa
Cruz SsMA Publicación del Dictamen Técnico del EsIA en
el Boletín Oficial de la Provincia.
Chequear oportunamente su correcta o legal
publicación, para evitar impugnaciones
formales al EsIA aprobado.
Decreto 7/06
AUDIENCIA
PUBLICA
Provincia de Santa
Cruz
Comisión
Evaluadora / SsMA Participación Vecinal, municipal y de ONGs.
Debe cursarse invitación a Municipios,
comisiones de fomento y ONGs que
pudieren estar interesados.
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Norma / Tema Jurisdicción Autoridad de
aplicación Implicancias
Autorizaciones, permisos y
presentaciones a obtener y realizar.
Procedimientos
Ley 25675
ACCESO
INFORMACIÓN
AMBIENTAL
Nacional
-Gestionar planificadamente un acceso a la
información ambiental del proyecto por parte
de terceros.
-Obligados: Autoridades competentes y la
empresa.
Ver en informe la información y documentos
a poner a disposición del público.
Documentación básica a disposición:
EsIA y PGA.
Decreto 7/06
ACCESO
INFORMACIÓN
AMBIENTAL
Provincia de Santa
Cruz SsMA Publicación del Dictamen Técnico del EsIA en
el Boletín Oficial de la Provincia.
Chequear oportunamente su correcta o legal
publicación, para evitar impugnaciones
formales al EsIA aprobado.
Ley 25675
Ley General del
Ambiente
SEGURO
AMBIENTAL
Nacional
-SSMA / Comisión
Evaluadora
-SAyDS
“Seguro ambiental”
Prever y analizar la cobertura de un
mecanismo financiero que garantice la
recomposición ambiental, según
corresponda en las distintas etapas y ciclos
del proyecto
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Norma / Tema Jurisdicción Autoridad de
aplicación Implicancias
Autorizaciones, permisos y
presentaciones a obtener y realizar.
Procedimientos
Res SAyDS
177/07, 303/07 y
1639/07
SEGURO
AMBIENTAL Nacional
-UERA
-SsMA / Comisión
Evaluadora
-Categorización según los Anexos I y II de la
norma y el art 3º de la Res 177/07, a través de
un listado de rubros comprendidos según el
Código CIIU.
-Fijación de un Monto Mínimo Asegurable
(UERA)
-Constatación de la Situación Ambiental Inicial.
Debe distinguirse la etapa de operación y la de
construcción, teniendo en cuenta que debe
analizarse la exigibilidad del seguro en la
etapa de construcción.
-Practicar la formula polinómica a fin de
determinar el grupo de Nivel de Complejidad
Ambiental
A los fines de obtener una póliza y delinear
el alcance de la cobertura según el estado
inicial del ambiente en relación al proyecto:
-presentación del Estudio de Situación
Ambiental Inicial.
-Obtención del Certificado de Situación
Ambiental Inicial.
Debe consultarse y analizarse legítimamente
exigible la cobertura en la etapa de
construcción.
Decreto 7/06
SEGURO
AMBIENTAL
Provincia de Santa
Cruz SsMA
La Prov. considera obligatorio la contratación
del seguro para los proyectos Categoría 3.
-Se proponer acordar con la Provincia la
constitución de una Caución.-
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Norma / Tema Jurisdicción Autoridad de
aplicación Implicancias
Autorizaciones, permisos y
presentaciones a obtener y realizar.
Procedimientos
AREAS PROTEGIDAS
Ley 24.375
Aprueba el
Convenio sobre
Diversidad
Biológica
Nacional - Tratado
Internacional
APN – SAyDS –
Gob. de Santa
Cruz
(Según la
jurisdicción del
área protegida)
La Provincia y la APN no podrán
desentenderse de promover el desarrollo
adecuado y ambientalmente sostenible en
aquellas zonas adyacentes a áreas
protegidas.
(En atención a la cercanía del Parque
Nacional Glaciares)
Notificación del EIA a autoridades de las
áreas protegidas sobre las cuales pudiera
impactar negativamente el proyecto.
En su caso, será oportunamente requerido o
diligenciado por la misma Comisión
Evaluadora.
Ley 22351
PARQUES
NACIONALES
Nacional APN
Si bien no afecta directamente a Áreas
Protegidas bajo jurisdicción nacional, tener
presente eventual afectación por
contaminación atmosférica en PN Los
Glaciares.
-Notificar a APN
-Monitorear emisiones gaseosas e incorporar
dentro de los modelos de dispersión.
LEY 786 y
modificatorias Provincial CAP
No se releva: En principio, está legislación no
tendría incidencia en el proyecto, si
observamos que los sitios de las alternativas
están fuera de las áreas declaradas
protegidas.
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Norma / Tema Jurisdicción Autoridad de
aplicación Implicancias
Autorizaciones, permisos y
presentaciones a obtener y realizar.
Procedimientos
PATRIMONIO CULTURAL
Ley 25743
/
Decreto 1022/04
Nacional
Ministerio de
Educación y
Cultura de la
Provincia de Sta
Cruz
Toda pieza o yacimiento arqueológico o
paleontológico encontrado en tareas de
excavación del proyecto es del dominio
público del Estado de la jurisdicción donde se
halle localizado.
Su hallazgo genera responsabilidad para la
empresa y debe cumplirse con las
obligaciones impuestas en la ley.
-Prospección previa.
-En caso de hallazgo: denunciar el hecho a
la autoridad competente provincial o nacional
(Ministerio de Cultura de la Nación), según
donde se halle.
-Confirmar que la autoridad provincial notifica
al registro nacional.
-En caso de no obtener respuesta a la
denuncia, labrar acta ante escribano público
u oficial publico del hallazgo haciendo
constar el lugar.
-Entregar los hallazgos a la autoridad más
cercana (con constancia).
Ley 2472 Provincial
Ministerio de
Educación y
Cultura de la Pcia
de Sta Cruz /
Autoridad
Municipal
La Provincia tiene un propio régimen
concordante con la ley nacional. ídem
AIRE
Res SEN 108/01
EMISIONES
GASEOSAS
Nacional SEN
Establece los límites de emisiones gaseosas a
tener en cuenta en el diseño del EIA y el PGA;
y para el monitoreo de los gases.
Res. ENRE
Nº881/99
EMISIONES
GASEOSAS
Nacional ENRE Establece los estándares de emisión de
contaminantes de la CTC

CONTINUA………

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