jueves, 10 de febrero de 2011

Estudio de Impacto Ambiental Central Termoeléctrica # 8




“Estudio de Impacto Ambiental Central Termoeléctrica a carbón Río Turbio, Santa Cruz”



8.1 FASE PREPARATORIA
Esta fase se encuentra constituida por todos aquellos programas y sus correspondientes
subprogramas que deban ser implementados de forma previa a la etapa de construcción de la obra y
que definen marcos de gestión y manejo así como el acondicionamiento de las áreas sujetas a la
obra.
8.1.1 Programa de Gestión Ambiental Estratégica
RESPONSABLE: CONTRATISTA.
OBJETIVOS:
􀀹 Asignar responsabilidad en la gestión ambiental.
􀀹 Organizar y equipar oficina de gestión ambiental (estructura funcional): este aspecto
deberá ser definido por el CONTRATISTA, asignando responsabilidades de acuerdo
al organigrama detallado para la obra.
􀀹 Estrategia de verificación de la aplicación de las medidas ambientales: Subprograma
de verificación de la aplicación de las medidas ambientales propuestas.
􀀹 Ajuste del PGA – EIA CTRT: Los subprogramas definidos en esta fase deberán
ajustarse previo al inicio de las actividades previstas en función del organigrama
general de la obra y su cronograma ajustado.
􀀹 Control del cumplimiento y actualización de la normativa aplicable: Subprograma del
control de cumplimiento y actualización de la normativa aplicable.
􀀹 Elaboración de estrategia y manuales de capacitación interna: Nota: Este
subprograma reúne las consideraciones legales pertinentes y los compromisos
asumidos respecto de la capacitación el personal por parte del CONTRATISTA en su
oferta técnica. El objetivo principal es capacitar al personal de la fase de construcción
en cuanto a los contenidos técnicos, ambientales y de seguridad e higiene que
exigen las normativas. Asimismo se recomienda priorizar la utilización de mano de
obra local, cuando sea pertinente. Subprograma de capacitación del personal
afectado a la obra.
􀀹 Elaboración de estrategia de comunicación con la comunidad local: Subprograma de
Información y Participación de la Comunidad Involucrada/ Notificación a la Cancillería
Argentina.
Subprograma de verificación de la aplicación de las medidas ambientales propuestas
Requerido en el “Manual de Gestión Ambiental de Centrales Térmicas Convencionales de
Generación Eléctrica” (Res. Nº 0149/1990; SSEN). Se recomienda que el Responsable Ambiental de
la obra lleve un “diario ambiental de obra” en el cual se incluya la verificación, control y la
documentación del cumplimiento de las medidas ambientales y del presente PGA.
Subprograma de control del cumplimiento y actualización de la normativa aplicable
Requerido en el “Manual de Gestión Ambiental de Centrales Térmicas Convencionales de
Generación Eléctrica” (Res. Nº 0149/1990; SSEN). El objetivo del subprograma es el de la
verificación durante la construcción de la aplicación, cumplimiento y actualización continua de una
serie de normas generales y específicas nacionales, provinciales y de organismos como el ENRE y la
Secretaría de Energía. Para ello se propone llevar actualizada la planilla de verificación, que contiene
todas las normas de implicancia ambiental durante la etapa de construcción de la central. El
Responsable de la Gestión Ambiental deberá tener en obra la “planilla de verificación de la
normativa ambiental aplicable a la construcción de la central” así como de difundir la normativa
mencionada anteriormente en materia de medio ambiente y de seguridad e higiene laboral.
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Subprograma de Capacitación del personal afectado a la obra
Este subprograma se desarrolla en el marco de lo establecido en el “Manual de Gestión Ambiental de
Centrales Térmicas Convencionales de Generación Eléctrica” (Res. Nº 0149/1990 SEN) y en el
Decreto Nº 911/1996 de Seguridad e Higiene Laboral, cuyo objetivo es capacitar al personal
contratado tanto para las tareas correspondientes a la etapa de construcción como de operación del
proyecto; y en materia de Higiene y Seguridad y en la prevención de enfermedades y accidentes del
trabajo. El CONTRATISTA se compromete en su Oferta Técnica a brindar un subprograma de
capacitación, el cual incluirá un curso de carácter general, así como diferentes cursos relativos a la
operación y el mantenimiento de los equipos principales y sus componentes asociados, impartidos en
todos los casos por técnicos expertos de los respectivos fabricantes.
Subprograma de Información y Participación de la Comunidad Involucrada.
Este subprograma se desarrolla en el marco de lo establecido en el “Manual de Gestión Ambiental de
Centrales Térmicas Convencionales de Generación Eléctrica” aprobado por la Resolución Nº
0149/1990 SEN, y cuyo objetivo es garantizar que la comunidad del área donde se desarrolla el
proyecto posea la información adecuada para ejercer su derecho a la información y de participación,
durante la fase de construcción de la central. El mismo deberá estar dirigido a dos grupos objetivos:
la población del área de influencia que continuará residiendo en el lugar y los propietarios y/o
residentes de los predios que se requerirán para la obra. A los fines de llevar adelante este
subprograma de comunicación se deberá nombrar una persona o grupo de conducción responsable
del desarrollo, organización y ejecución del subprograma. Del mismo modo, el Responsable de la
Gestión Ambiental deberá fiscalizar y controlar la correcta implementación del mismo.
Notificación a la Cancillería Argentina.
El Tratado binacional entre la República de Chile y la República Argentina sobre Medio Ambiente –
sancionado por la Ley Nacional 24.105– obliga a un tratamiento especial por parte de ambos países
sobre aquellos proyectos que pudieran ocasionar impactos ambientales sobre los recursos
compartidos y el ambiente transfronterizo. Los resultados de la modelación de dispersión de
emisiones gaseosas y material particulado revelan que las concentraciones modeladas en los puntos
representativos de la zona de frontera, se encuentran por debajo de los límites de los estándares y
niveles guía establecidos para la inmisión según las normas nacionales e internacionales
consideradas. Sin embrago, entendiendo que en determinados casos la dispersión de la pluma
puede presentar una dirección SSW, se cree conveniente realizar las comunicaciones pertinentes a
la República de Chile. En este marco, la Autoridad de Aplicación deberá notificar formalmente a la
Cancillería Argentina sobre la existencia del proyecto y las alteraciones que se producirán sobre el
medio ambiente, junto con una copia del presente Estudio de Impacto Ambiental. La comunicación
sobre el mismo a la República de Chile queda bajo la responsabilidad de la Cancillería Argentina, así
como también el inicio de la gestión para la aprobación conjunta del EIA por la Comisión binacional
del Tratado de Cooperación y el Tratado de Medioambiente.
8.1.2 Programa de Inserción Territorial
RESPONSABLES: Gobierno Local y UNPA, con apoyo del CONTRATISTA.
OBJETIVO:
Preparar el territorio para la adecuada recepción de los cambios sociales y urbanos vinculados al
proyecto de construcción y operación de la CTRT. Este programa se estructura en componentes
relativos al ordenamiento territorial y al diseño y desarrollo de infraestructura y servicios.
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Subprograma expeditivo de ordenamiento territorial y ambiental:
El objetivo central es la reactivación de un Plan de Ordenamiento Territorial para Río Turbio que ya
se había planteado como una necesidad desde la Subsecretaría de Planeamiento y la Función
Pública de la Gobernación Provincial junto con los municipios involucrados. Se propone la
incorporación en este Plan de las cuestiones asociadas al proyecto que mitigarían los impactos
negativos. Deberán considerarse especialmente los siguientes aspectos: Ubicación de
campamentos; Ubicación y organización de las áreas residenciales; y Ubicación y organización de
áreas comerciales y de servicios.
Subprograma infraestructura y servicios.
Los objetivos de este subprograma son: Dotar de la infraestructura necesaria (tendido de red de
agua, cloacas, electricidad); Dotar de los Servicios Públicos (Residuos sólidos urbanos); Dotar de los
Servicios Sociales (seguridad, educación, salud); y Organización de la red de transporte.
Lineamientos para la inserción y establecimiento del personal afectado a la construcción de la Central.
La etapa de construcción de la Central implica la demanda de mano de obra que incluye (entre el
personal jerárquico, los técnicos y obreros), aproximadamente 1.500 empleados. Por lo tanto, se
intenta establecer los lineamientos básicos y recomendar las acciones necesarias de planificación
para la provisión de viviendas e infraestructura necesaria. A los fines de atenuar, por un lado, los
posibles impactos devenidos de la necesidad de nuevas viviendas e infraestructuras de servicios y,
por otro, los posibles cambios de índole económica y social que puedan producirse por la
incorporación de este flujo de personas, se recomienda la implementación y el desarrollo del Plan de
Ordenamiento Territorial para la Microregión de la Cuenca Carbonífera, en el marco del Plan de
Ordenamiento y Desarrollo Territorial de la Provincia de Santa Cruz, y con la colaboración de las
autoridades locales, de la Universidad de la Patagonia (UNPA) y la participación activa de la
población. Para la planificación de las acciones relacionadas a la instalación de los trabajadores
afectados a la construcción de la obra se recomienda la participación conjunta de las autoridades
locales y la CONTRATISTA.
8.1.3 Programa de Preparación y Saneamiento del Predio
RESPONSABLES: CONTRATISTA, Gobierno Local y UNPA.
OBJETIVOS:
􀀹 Catastro, permisos y habilitaciones: para el cumplimiento adecuado de este objetivo
en términos de pedidos específicos con incidencia en la temática ambiental, se
incorporan lo siguientes lineamientos de gestión: Lineamientos para la gestión de
préstamos de suelo y material para la construcción y Lineamientos para la gestión de
la concesión del uso de agua industrial.
􀀹 Estudio y remediación de pasivo (Alt.1: Valle). Ver Capítulo de Medidas de Mitigación
(Capítulo 8).
􀀹 Relevamiento y rescate arqueológico: aspectos contenidos en el Subprograma de
Relevamiento Arqueológico Extensivo y Conservación del Patrimonio Cultural.
􀀹 Relocalización de usos, actividades y adecuación del predio: los aspectos asociados
a la relocalización de usos se encuentran contendidos en los Lineamientos para la re
localización de los usos actuales en la zona del proyecto.
􀀹 Evaluación y manejo de riesgos geológicos
Lineamientos para la gestión de préstamos de suelo y material para la construcción.
En este punto se establecen los lineamientos para que la CONTRATISTA realice los trámites
necesarios para contar con los materiales de préstamo para la construcción previo al inicio de las
obras. Se establecen dos tipos de alternativas y la normativa que rige en cuanto a materiales de
tercera categoría.
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Lineamientos para la gestión de la concesión del uso de agua industrial.
En este punto se establecen los lineamientos para que la contratista realice los trámites necesarios
para la extracción de agua de proceso previo al inicio de las obras. Se hace referencia a la normativa
que rige en cuanto a la concesión del uso de agua industrial y los requisitos para realizar la
tramitación correspondiente. La utilización de las aguas subterráneas con fines industriales está
sujeta a la autorización por parte de la autoridad de aplicación, ya sea para la etapa de perforación
como de extracción, siendo necesaria la obtención de una concesión otorgada por la autoridad de
aplicación para el uso de las mismas.
Lineamientos para la relocalización de los usos actuales en la zona del proyecto.
Previamente al inicio de las tareas de construcción de la obra, se deberán identificar, cuantificar y
finalmente reubicar las estructuras y usos actuales que se han relevado en los sucesivos trabajos de
campo realizados. Para ello se describen los lineamientos generales que deberán tenerse en
consideración respecto de las cuestiones operativas de relocalización de usos y reasentamientos de
la población afectada. Finalmente se ha propuesto emplear los lineamientos que se establecen en el
Manual de Operaciones del Banco Mundial, Políticas Operacionales OP 4.12.
Usos actuales sobre la parcela de la Alternativa 1
Sobre la parcela correspondiente al sitio de implantación de la Alternativa de locación 1, actualmente
se desarrollan dos usos principales. Por un lado, y principalmente en el sector sur de la parcela, se
localiza un basural a cielo abierto. Este predio es utilizado de forma continua desde la década de
1970 a la actualidad, para la disposición de residuos del municipio de Río Turbio. También se
registran algunas actividades sociales/ culturales.
Usos actuales sobre la parcela de la Alternativa 2
Sobre la parcela correspondiente a la locación de la Alternativa 2 también se han identificado usos
que deberán ser analizados en detalle para realizar la planificación de re localización de los mismos.
Por un lado, se relevó la presencia de una estructura religiosa que corresponde a una ermita o
santuario (Eliade 1976) de veneración a la Difunta Correa construida con chapas, argamasa y
rodados locales. Por otra parte, principalmente en el sector este de la Alternativa 2, se identificaron
estructuras de establecimientos rurales que corresponden a pequeñas unidades productivas de la
zona
Se deberá realizar un análisis de la situación de dominio de las parcelas identificadas como
Alternativa 1 y Alternativa 2, así como también esclarecer la situación dominial de los asentamientos
identificados en las mismas. En principio se puede aseverar, respecto de la parcela en la cual se
prevé instalar la Central como Alternativa 1, que si bien la misma correspondería a propiedad de la
Secretaría de Minería de la Nación, se ha realizado un acuerdo de sesión entre la UTE
(CONTRATISTA) y el Cliente de la Obra.
La Alternativa 2 de localización de la Central Termoeléctrica se ha planificado sobre la parcela Nº 35
del ejido municipal de Río Turbio, de 112 hectáreas aproximadamente. Esta parcela es una de las
correspondientes a la propiedad de La Municipalidad de Río Turbio. En caso de seleccionarse esta
alternativa la CONTRATISTA deberá establecer con la Municipalidad, actual propietario de la
parcela, las condiciones mediante la cual se cedería la parcela Nº 35 a los fines de la instalación de
la Central.
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Subprograma de Relevamiento Arqueológico Extensivo y Conservación del Patrimonio Cultural
Este programa se desarrolla en el marco de las disposiciones en la materia que se establecen en el
Decreto Nº 07/2006 de la Ley Nº 2.658 de Impacto Ambiental de la provincia de Santa Cruz y de las
disposiciones de la Ley Provincial Nº 786 que rige en materia del Patrimonio Cultural y Natural de la
provincia. El objetivo del programa de relevamiento arqueológico extensivo y conservación del
patrimonio cultural en la fase previa al comienzo de la construcción se centra en la prevención de
ocasionar daños a material de valor arqueológico y/o histórico-cultural que pueda encontrarse en el
sitio de emplazamiento de la obra, y en caso de identificación, rescate y puesta en valor.
8.2 FASE CONSTRUCCIÓN
Esta fase se encuentra constituida por todos aquellos programas y sus correspondientes
subprogramas que deban ser implementados durante la ejecución de la obra.
8.2.1 Programa de Minimización de Impactos Ambientales
RESPONSABLES: CONTRATISTA.
OBJETIVOS:
􀀹 Control del Cumplimiento y Aplicación de las Técnicas Constructivas
Correspondientes: Subprograma de control del cumplimiento y aplicación de las
técnicas constructivas correspondientes.
􀀹 Capacitación del Personal Afectado a la Obra: ver Fase Preparatoria, Subprograma
de capacitación del personal afectado a la obra.
􀀹 Acondicionamiento paisajístico: Subprograma de acondicionamiento paisajístico.
􀀹 Adecuación de la zona de emplazamiento: Subprograma de adecuación de la zona
de emplazamiento de la obra e instalación de los servicios para la construcción.
Subprograma de control del cumplimiento y aplicación de las técnicas constructivas correspondientes.
Este subprograma se desarrolla en el marco de lo establecido en el “Manual de Gestión Ambiental de
Centrales Térmicas Convencionales de Generación Eléctrica” aprobado por la Resolución Nº
0149/1990 por la Subsecretaría de Energía de la Nación, el cual establece que se debe verificar el
cumplimiento de la aplicación de las técnicas constructivas correspondientes. Para ello se deberá
asignar un responsable a los fines de verificar el cumplimiento de las especificaciones contractuales
y normativas. Finalmente, el responsable designado deberá comunicar al Jefe de Obra cualquier
irregularidad o incumplimiento de las medidas que se establecen en los documentos mencionados.
Subprograma de capacitación del personal afectado a la obra.
Este subprograma se desarrolla en el marco de lo establecido en el “Manual de Gestión Ambiental de
Centrales Térmicas Convencionales de Generación Eléctrica” aprobado por la Resolución Nº
0149/1990 por la Subsecretaría de Energía de la Nación, el cual establece que se debe capacitar al
personal contratado tanto para las tareas correspondientes a la etapa de construcción como de
operación del proyecto. El objetivo del mismo se basa en el fortalecimiento de la capacitación general
impartida durante la etapa previa al inicio de la fase de construcción (Fase Preparatoria), sobre los
aspectos constructivos más relevantes, de seguridad e higiene laboral y medio ambiente.
Subprograma de acondicionamiento paisajístico.
Este subprograma se desarrolla en el marco de lo establecido en el “Manual de Gestión Ambiental de
Centrales Térmicas Convencionales de Generación Eléctrica” aprobado por la Resolución Nº
0149/1990 por la Subsecretaría de Energía de la Nación, el cual establece que se deben aplicar las
medidas y acciones para el acondicionamiento paisajístico, en función de su entorno natural y/o
cultural. El objetivo del subprograma es el de establecer las acciones a realizar una vez finalizado el
período de construcción y antes de la primera puesta en marcha de la Central Termoeléctrica.
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Subprograma de adecuación de la zona de emplazamiento de la obra e instalación de los servicios para
la construcción.
Este subprograma responde a la adecuación de los predios de ambas alternativas considerando las
posibles afectaciones que se desprenden de cada actividad a desarrollar, así como de la instalación
de los servicios e infraestructuras para la construcción. El objetivo de este subprograma es el de
proponer la implementación de las medidas que se consideren necesarias a los fines de mitigar o
controlar las potenciales afectaciones ambientales que puedan ocasionar las tareas de
acondicionamiento del sitio de instalación de la Central, así como la instalación de los obradores a
ser utilizados durante la etapa de construcción, el acondicionamiento de los caminos de acceso, del
terreno de la parcela correspondiente, la provisión a la obra de los servicios necesarios para la
construcción, la instalación de los almacenes, sitios de depósitos de materiales, campamentos
provisorios, el policlínico o enfermería, estacionamiento, y la construcción y montaje de toda la
infraestructura auxiliar.
8.2.2 Programa de Manejo de Residuos Sólidos, Líquidos y Gaseosos
RESPONSABLES: CONTRATISTA.
OBJETIVOS:
􀀹 Segregación, manejo diferencial y disposición final de residuos: Subprograma de
manejo y disposición final de los residuos sólidos y semisólidos
􀀹 Contratación prestadores del servicio para residuos peligrosos: Subprograma de
manejo y disposición final de los residuos sólidos y semisólidos
􀀹 Diseño y construcción de planta de tratamiento de efluentes líquidos: Ver Diseño de
la ingeniería de detalle en el Capitulo de la Descripción del Proyecto. Se deberá
cumplir con las especificaciones realizadas en el EIA. Gestión de efluentes líquidos.
􀀹 Equipamiento e instalación del sistema de control de efluentes gaseosos. Gestión de
las emisiones gaseosas.
Subprograma de manejo y disposición final de los residuos sólidos y semisólidos.
En caso de residuos asimilables a domiciliarios, la recolección, de estar a cargo del Municipio, puede
ser previamente acordada en sus condiciones con éste mediante un convenio. Respecto de los
residuos peligrosos, los recaudos a prever seguirán las prescripciones de la Ley Nacional 24051 y la
Ley Provincial 2.567 (modificada por la Ley 2.703 y por el Decreto reglamentario 712/02), según
implique el transito ínterjurisdiccional del residuo peligroso o no, respectivamente.
Gestión de los Efluentes Líquidos
La preservación del recurso hídrico se encuentra normalizada en la provincia de Santa Cruz a través
de la Disposición 3/03 cuyo objeto es la Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con
destino industrial. Asimismo se encuentra protegido por la Disposición 4/96 de la Dirección de
Recursos Hídricos que es la autoridad de aplicación de la Ley 1.451. También deben considerarse
las especificaciones para el vuelco dispuestas en el Decreto 7/2006, Anexo A. En ellas, se
reglamentan los aspectos metodológicos y técnicos administrativos que los usuarios de aguas
públicas con destino industrial, deberán cumplimentar para la explotación del recurso hídrico en el
ámbito provincial.




CONTINUA……………..

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